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INVITACION PUBLICA 003-2026

Martes 05 May 2026
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INVITACION PUBLICA 003-2026
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A continuación, se presentan los estudios previos de conveniencia y necesidad, realizado el análisis se determinó que corresponde a la modalidad de selección de Invitación Pública de conformidad con el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira.

 
  Cuadro de texto: 1. ANALISIS SOBRE LA CONVENIENCIA Y DESCRIPCIÓN SUCINTA DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN

 

1.1. Descripción sucinta de la necesidad

La Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP, en su calidad de entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, patrimonio propio y régimen de derecho privado, tiene dentro de su objeto institucional propiciar y desarrollar actividades deportivas, recreativas, culturales, científicas y tecnológicas, así como adelantar la construcción, mantenimiento, adecuación, conservación y dotación de escenarios deportivos, de conformidad con sus estatutos sociales y su Manual de Contratación.

Adicionalmente, se deja constancia que mediante decisión adoptada por la Asamblea General de CORDEP, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2026, y de conformidad con las competencias estatutarias atribuidas a dicho órgano corporativo, fue aprobada la destinación de una parte de los excedentes financieros generados por la corporación durante la vigencia fiscal 2025 para ser reinvertidos en proyectos estratégicos orientados al fortalecimiento, modernización, mantenimiento y optimización de la infraestructura deportiva administrada por la entidad.

En desarrollo de dicha autorización corporativa, la Asamblea facultó expresamente a la Dirección Ejecutiva de la Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP para adelantar las actuaciones administrativas, técnicas, financieras y contractuales necesarias para la estructuración y ejecución del presente proyecto de modernización del sistema de iluminación interior del Estadio Hernán Ramírez Villegas, como inversión orientada a la conservación del activo institucional, el mejoramiento del servicio y la sostenibilidad operativa de la infraestructura.

En consecuencia, la presente contratación cuenta no solamente con una necesidad técnica y operativa debidamente identificada, sino también con soporte corporativo, presupuestal y financiero previamente aprobado por el máximo órgano de dirección de la entidad, garantizando la adecuada destinación de los excedentes institucionales bajo criterios de eficiencia, sostenibilidad y fortalecimiento patrimonial.

En desarrollo de dicho objeto misional, CORDEP tiene bajo su administración y operación el Estadio Hernán Ramírez Villegas, escenario deportivo de carácter estratégico para la ciudad de Pereira y el departamento de Risaralda, en el cual se desarrollan competencias deportivas oficiales, jornadas de entrenamiento, actividades institucionales, eventos de integración comunitaria y eventos de gran formato que demandan condiciones técnicas, operativas y de seguridad acordes con estándares nacionales e internacionales.

Como resultado de las inspecciones técnicas internas adelantadas por la entidad y del seguimiento permanente a la infraestructura del escenario, se evidenció que parte del sistema de iluminación interior instalado en pasillos, corredores operativos y zonas internas de circulación presenta desgaste funcional, obsolescencia tecnológica, disminución en la capacidad lumínica, fallas recurrentes de operación y niveles de consumo energético superiores a los parámetros óptimos de eficiencia.

Particularmente, se identificó la necesidad de intervenir el sistema de iluminación existente mediante el desmonte de:

  • Doscientos cincuenta y tres luminarias, las cuales se encuentran en una obsolesencia desgaste funcional, obsolescencia tecnológica, disminución en la capacidad lumínica, fallas recurrentes de operación y niveles de consumo energético superiores a los parámetros óptimos de eficiencia, y las cuales se reemplazaran, elementos que fueron revisados y cotejados por el personal operativo de la corporacion en el informe entregado por ellos, el cual ara parte anexa del presente documento.
  • Doscientos trece lampaparas tipo proyector, las cuales se instalar en el Estsdio Hernan Ramirez Villegas, buscando mejorar el rendimiento energetico,

incluyendo dentro del alcance contractual el desmontaje técnico de los equipos existentes, suministro de los nuevos equipos, instalación eléctrica especializada, conexión, pruebas técnicas, puesta en funcionamiento y disposición final ambientalmente adecuada de los elementos retirados.

La situación actual del sistema representa riesgos asociados a:

  • Disminución de condiciones de visibilidad y seguridad operativa.
  • Incremento de costos por mantenimiento correctivo.
  • Alto costo energético del escenario.
  • Posibles afectaciones en la operación logística y funcional del estadio.
  • Riesgos asociados a la atención de eventos con alta afluencia de público.

Adicionalmente, la entidad no cuenta dentro de su planta administrativa y operativa con personal técnico especializado, equipos certificados para trabajo seguro en alturas ni infraestructura técnica suficiente para ejecutar directamente este tipo de intervención especializada, razón por la cual se hace necesario acudir a terceros con experiencia acreditada en sistemas eléctricos e iluminación especializada.

Por lo anterior, se evidencia la necesidad objetiva, técnica, operativa y funcional de adelantar un proceso de selección mediante la modalidad de Invitación Pública, de conformidad con el Manual de Contratación de CORDEP, con el propósito de garantizar la continuidad operativa, la seguridad de los usuarios, la eficiencia energética y la conservación adecuada del escenario deportivo.

 

1.2. Análisis de conveniencia

La contratación propuesta resulta conveniente, necesaria y proporcional para los intereses institucionales de CORDEP, por cuanto permitirá:

a) Cumplimiento del objeto misional

Garantizar la conservación, mantenimiento y modernización de la infraestructura deportiva administrada por la entidad, en cumplimiento de sus estatutos.

b) Fortalecimiento operativo

Optimizar las condiciones técnicas y funcionales del sistema de iluminación interior del Estadio Hernán Ramírez Villegas, reduciendo riesgos de interrupciones operativas.

c) Eficiencia energética

Incorporar tecnología LED de alto desempeño, generando reducción en consumo energético, menores costos operativos y mayor vida útil de los equipos.

d) Seguridad operacional

Garantizar condiciones adecuadas de iluminación para usuarios, deportistas, personal operativo, contratistas y asistentes a eventos.

e) Sostenibilidad institucional

Reducir la necesidad de mantenimientos correctivos recurrentes, optimizando la inversión institucional y la gestión del activo.

f) Mitigación de riesgos contractuales y técnicos

Asegurar que la ejecución sea desarrollada por personal idóneo, certificado y con experiencia específica en trabajos eléctricos y labores en altura.

En consecuencia, la contratación proyectada se encuentra plenamente justificada desde la perspectiva técnica, jurídica, financiera, operativa y ambiental, constituyéndose en una actuación necesaria para garantizar la adecuada prestación de los servicios y el cumplimiento de la misión institucional de CORDEP.

Cuadro de texto: 2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD:

La Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP, en ejercicio de sus funciones estatutarias de administración, mantenimiento, conservación, adecuación y modernización de los escenarios deportivos bajo su responsabilidad, y como resultado de las actividades permanentes de seguimiento operativo, mantenimiento preventivo, inspección técnica y verificación funcional adelantadas por el equipo administrativo y operativo de la entidad, identificó la necesidad de intervenir el sistema de iluminación interior del Estadio Hernán Ramírez Villegas, específicamente en las zonas de circulación interna, corredores operativos, pasillos de acceso, áreas técnicas y espacios de apoyo logístico del escenario.

Como resultado de dichas verificaciones técnicas, se evidenció que parte del sistema de iluminación actualmente instalado presenta condiciones de desgaste funcional asociadas a su operación continua, agotamiento de vida útil, obsolescencia tecnológica y exposición permanente a condiciones ambientales propias del uso intensivo de la infraestructura, generando afectaciones que impactan directamente la operación del escenario.

Dentro de los hallazgos técnicos identificados, se evidenciaron principalmente las siguientes condiciones:

2.1 Estado actual del sistema de iluminación

a) Deterioro funcional de luminarias

Se identificó pérdida progresiva en la capacidad lumínica de múltiples puntos intervenidos, generando deficiencias en la uniformidad de iluminación y disminución de visibilidad en zonas de circulación y operación.

b) Obsolescencia tecnológica

Parte de los equipos actualmente instalados corresponden a tecnologías convencionales con menor eficiencia energética, mayores requerimientos de mantenimiento correctivo y costos operativos superiores frente a tecnologías LED de nueva generación.

c) Riesgo operativo y de seguridad

La disminución en los niveles de iluminación genera riesgos asociados a:

  • Desplazamiento seguro del personal operativo.
  • Movilidad interna de usuarios, deportistas y visitantes.
  • Desarrollo logístico de actividades institucionales.
  • Atención de contingencias, evacuaciones y control de flujos internos.

d) Incremento de costos de mantenimiento

El sistema actual presenta fallas recurrentes, reposiciones no programadas y mayores requerimientos de mantenimiento correctivo, generando afectación presupuestal y operativa para la entidad.

La situación identificada adquiere especial relevancia teniendo en cuenta que el Estadio Hernán Ramírez Villegasmantiene una operación permanente asociada a competencias deportivas, jornadas de entrenamiento, procesos logísticos, actividades institucionales y eventos de alta concentración de público, circunstancias que exigen garantizar condiciones técnicas, operativas y de seguridad de manera continua.

2.2 Necesidad técnica de intervención

Con fundamento en los hallazgos anteriormente descritos, CORDEP requiere adelantar la modernización del sistema de iluminación interior mediante la obra, suministro, instalación, montaje, conexión eléctrica, y puesta en funcionamiento de los siguientes elementos:

Descripción

cantidad

Luminaria tipo proyector redonda de 100 w 12.000 lúmenes, voltaje 100/220 v / IP 65/ Factor de potencia 0.9/ CRI > 70/  frecuencia 50hz/60hz, garantía de 5 años/ 6000-6500k cable encuachetado 3x 12,

213

Salida de interruptor doble en interior/ tubería Emt ½, incluye accesorios, para independizar circuitos de iluminación en baños y pasillos

60

 Proyectores en exterior,  tipo Potencia nominal: 150W, Flujo luminoso: 13.500 lúmenes,Eficacia lumínica: 90 lm/W, Temperatura de color: 6500K (luz blanca fría – DL),Índice de reproducción cromática (IRC): >80, Ángulo de apertura: 120°, Distribución de luz: Directa simétrica, en tubería emt de ¾ incluye accesorios, longitud promedio 15 mts, los cuales se instalaran en las respectivo perimetro del estadio Hernan Ramirez Villegas

16

Montaje de Salidas de Interruptor Doble,  altura de instalacion entre 15 y 20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado ,  cuadrilla E  de 1 Of + 2 ayu, usando los siguientes acessorios: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

60

Montaje de luminarias nuevas bajo condiciones de trabajo en alturas, entre 15 y  20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos,  con una   cuadrilla E 1 of + 3 ayu. utilizando los siguentes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

213

Desmontaje de luminarias existentes, las cuales se encuentran en alturas entre los 15 y 20 Mtrs de Altura, mendiante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal calificado para el trabajo en alturas,  y realizar el  almacenaje en bodega de Cordep / debera ejecutarlo con una cuadrilla e 1 of + 3 ayu y la heerramienta necesaria para ello.

253

Montaje proyectores para iluminacion exterior estadio Hernan Ramirez Villegas, trabajo en alturas entre 15 y 20 Mtrs, mediante plataforma electrica y/o andamios certificados, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos, dichos trabajos deben contar con una Cuadrilla E 1 of + 2 ayu. y utilizando los siguientes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones

16

 

 

2.3 Alcance técnico de la intervención

La intervención deberá contemplar como mínimo las siguientes actividades:

a) Retiro técnico de equipos existentes

Desmonte de luminarias obsoletas o fuera de servicio actualmente instaladas en las áreas objeto de intervención.

b) Suministro e instalación de equipos nuevos

Entrega, instalación, fijación, conexión y puesta en operación de luminarias LED de alta eficiencia energética.

c) Instalación eléctrica especializada

Ejecución mediante personal técnicamente idóneo y certificado en:

  • Trabajo seguro en alturas. Resolución 4272 de 2021
  • Riesgo eléctrico.
  • Intervención de infraestructura técnica.

d) Puesta en funcionamiento

Incluyendo:

  • Verificación técnica de funcionamiento.
  • Revisión de conexiones eléctricas.
  • Validación operativa del sistema.
  • Entrega a satisfacción a la supervisión designada por CORDEP.

e) Disposición final de equipos retirados

Retiro, manejo y disposición ambientalmente responsable de los equipos sustituidos, conforme a la normativa ambiental aplicable.

2.4 Estándares técnicos aplicables

La ejecución del contrato deberá cumplir con los lineamientos técnicos y normativos aplicables, incluyendo como mínimo:

  • RETIE
  • RETILAP
  • Normas técnicas expedidas por la ICONTEC
  • Estándares técnicos aplicables a infraestructura deportiva y sistemas de iluminación.

2.5 Justificación de la contratación externa y naturaleza del contrato

Actualmente, la Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP no cuenta dentro de su estructura administrativa, operativa ni técnica con personal especializado en ejecución de intervenciones electromecánicas de alta complejidad, ni con equipos certificados para trabajo seguro en alturas, herramientas de diagnóstico eléctrico, instrumentos de medición y verificación técnica, plataformas de acceso, elementos de protección especializados ni capacidad operativa instalada para intervenir directamente la infraestructura eléctrica del estadio en condiciones de seguridad y cumplimiento normativo.

En razón de lo anterior, resulta técnica, administrativa y operativamente necesario acudir a un contratista externo con experiencia específica en ejecución de obras eléctricas y montaje de infraestructura especializada, que garantice la correcta ejecución de las actividades de desmonte, retiro, adecuación, montaje, instalación, conexión, pruebas y puesta en funcionamiento del sistema de iluminación objeto de intervención, bajo estándares de calidad, seguridad industrial y observancia de la normatividad técnica aplicable, entre otras, RETIE, NTC 2050 y demás disposiciones concordantes.

De igual forma, se deja constancia que, atendiendo la composición técnica y financiera del proyecto, la presente contratación corresponde materialmente a la ejecución de una obra de modernización de infraestructura, toda vez que el componente predominante del valor contractual recae en la mano de obra especializada, la intervención técnica sobre elementos incorporados permanentemente al bien inmueble, la utilización de equipos y personal certificado, así como la transformación funcional de la infraestructura existente, siendo el suministro de materiales e insumos un componente accesorio y complementario para la obtención del resultado final.

Finalmente, se deja constancia de que la presente intervención hace parte del plan de inversión institucional aprobado por la Asamblea General de la Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP, mediante Acta No. 01 de 2026 de fecha 27 de marzo de 2026, como estrategia de reinversión de los excedentes financieros generados durante la vigencia 2025, orientada al fortalecimiento, modernización, sostenibilidad y conservación de los activos institucionales administrados por la Corporación

Cuadro de texto: 3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR

 

3. 1. Objeto

 

EJECUTAR LAS OBRAS DE ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE ILUMINACIÓN INTERIOR Y EXTERIOR DEL ESTADIO HERNÁN RAMÍREZ VILLEGAS DE PEREIRA.

 

 

3.2 Alcances del Objeto

 

El CONTRATISTA deberá suministrar los siguientes elementos de acuerdo:

 

Descripción

cantidad

Luminaria tipo proyector redonda de 100 w 12.000 lúmenes, voltaje 100/220 v / IP 65/ Factor de potencia 0.9/ CRI > 70/  frecuencia 50hz/60hz, garantía de 5 años/ 6000-6500k cable encuachetado 3x 12,

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Salida de interruptor doble en interior/ tubería Emt ½, incluye accesorios, para independizar circuitos de iluminación en baños y pasillos

60

 Proyectores en exterior,  tipo Potencia nominal: 150W, Flujo luminoso: 13.500 lúmenes,Eficacia lumínica: 90 lm/W, Temperatura de color: 6500K (luz blanca fría – DL),Índice de reproducción cromática (IRC): >80, Ángulo de apertura: 120°, Distribución de luz: Directa simétrica, en tubería emt de ¾ incluye accesorios, longitud promedio 15 mts, los cuales se instalaran en las respectivo perimetro del estadio Hernan Ramirez Villegas

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Montaje de Salidas de Interruptor Doble,  altura de instalacion entre 15 y 20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado ,  cuadrilla E  de 1 Of + 2 ayu, usando los siguientes acessorios: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

60

Montaje de luminarias nuevas bajo condiciones de trabajo en alturas, entre 15 y  20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos,  con una   cuadrilla E 1 of + 3 ayu. utilizando los siguentes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

213

Desmontaje de luminarias existentes, las cuales se encuentran en alturas entre los 15 y 20 Mtrs de Altura, mendiante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal calificado para el trabajo en alturas,  y realizar el  almacenaje en bodega de Cordep / debera ejecutarlo con una cuadrilla e 1 of + 3 ayu y la heerramienta necesaria para ello.

253

Montaje proyectores para iluminacion exterior estadio Hernan Ramirez Villegas, trabajo en alturas entre 15 y 20 Mtrs, mediante plataforma electrica y/o andamios certificados, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos, dichos trabajos deben contar con una Cuadrilla E 1 of + 2 ayu. y utilizando los siguientes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones

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  Cuadro de texto: 4. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS

 

Requisitos habilitantes de contenido jurídico.

 

Los siguientes son los documentos de verificación de contenido jurídico requeridos para participar en el proceso de contratación.

 

4.1. Carta de presentación de la propuesta

 

La carta de presentación de la propuesta (Anexos N°1 y 2) deberá estar diligenciada según la información del modelo suministrado por CORDEP y firmada por el representante legal de la persona jurídica o apoderado.

 

Quien firme la carta de presentación de la oferta, deberá acreditar que es el representante legal del proponente o que con esa calidad confiere el poder respectivo, cuando la carta de presentación la suscriba un apoderado, se deberá presentar el poder conforme las reglas procedimentales vigentes en Colombia.

 

En la carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él no se encuentra incurso en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses establecidos en la Constitución Política y la ley.

 

Cuando el proponente incluya manifestaciones o condiciones dentro de la carta de presentación o en cualquier parte de la propuesta que sean contrarias al objeto, alcance, obligaciones o especificaciones técnicas del presente proceso será causal de RECHAZO DE LA PROPUESTA. No obstante, la entidad se reserva el derecho de solicitar que se aclaren los aspectos que considere pertinentes.

 

4.2 Existencia y Representación Legal

 

a)  Personas Naturales

 

Persona natural nacional: deberá presentar copia de su cédula de ciudadanía y en el evento en que se encuentre obligada a la inscripción como comerciante adjuntar el certificado de matrícula mercantil, expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección, su actividad mercantil debe estar relacionada con las actividades objeto del proceso de selección

 

b)  Personas jurídicas nacionales o extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia.

 

Certificado de Existencia y Representación Legal: El proponente persona jurídica deberá presentar copia de la cédula del representante legal y el certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección, en el cual conste que la entidad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia, las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.

 

c)  Propuestas Conjuntas

 

Si la oferta es presentada por un Consorcio o por una Unión Temporal: deberán presentar con su propuesta debidamente diligenciado y firmado para cada caso en particular el documento de conformación del Consorcio o la Unión Temporal suscrito por cada uno de los representantes legales de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal que lo conforman y contenga toda la información de los miembros.

 

Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberán cumplir individualmente con los requisitos establecidos como persona natural o jurídica según sea el caso.

 

4.3. Acta de facultades para contratar

 

El proponente, persona jurídica deberá presentar certificación que acredite que el Representante Legal o quien haga sus veces se encuentra debidamente facultado y autorizado para suscribir contratos, deberá adjuntarse también copia de los estatutos de la persona jurídica.

 

En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, deberá presentar copia del acta expedida, como lo determina el Código de Comercio, en la cual conste que ha sido facultado por el órgano social competente para comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o en su defecto presentar la certificación del secretario de la Junta u órgano social competente donde conste la autorización correspondiente.

 

Cuando el proponente fuere una Cooperativa de Trabajo Asociado deberá presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente, expedido por la Cámara de Comercio dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso.

 

En el evento que el proponente fuere una Caja de Compensación deberá presentar Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Superintendencia del Subsidio Familiar dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección, en el que conste domicilio y representación legal. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines. Igualmente, deberá allegar los Estatutos en los cuales consten las facultades del representante legal y el término de duración de ésta, el cual no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y un año (1) más. - Cuando el proponente fuere una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia deberá allegar certificado expedido por ésta dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso, mediante el cual se acredite la representación legal, su calidad y que su duración no será inferior al plazo del contrato y un (1) año más.

 

4.4 Certificación de Paz y Salvo por Seguridad Social y Parafiscales.

 

El oferente (persona jurídica) y cada uno de los miembros del oferente Plural (consorcio o unión temporal) deben acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, así como de parafiscales del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante certificación suscrita por el Representante Legal de la entidad y el Contador o Revisor Fiscal si por ley está obligado a tenerlo, en la que deje constancia de cumplimiento de estas obligaciones durante los últimos (6) meses, o en la que especifique si se encuentra dentro de alguna causal de exoneración, aportando copia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del mismo además de certificación de Junta Central de Contadores vigente a la fecha de presentación de la propuesta.

 

Las personas naturales empleadoras estarán exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA, al ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud por los empleados que devenguen menos de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Lo anterior no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos trabajadores, los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes de que trata este inciso

 

Los consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos empleadores en los cuales la totalidad de sus miembros estén exonerados del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) de acuerdo con los incisos anteriores y estén exonerados del pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social en salud de acuerdo con el inciso anterior o con el parágrafo 4o del artículo 204 de la Ley 100 de 1993, estarán exonerados del pago de los aportes parafiscales a favor del SENA y el ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Las entidades calificadas en el Régimen Tributario Especial estarán obligadas a realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones de que tratan los artículos 202 y 204 de la Ley 100 de 1993 y las pertinentes de la Ley 1122 de 2007, el artículo 7o de la Ley 21 de 1982, los artículos 2o y 3o de la Ley 27 de 1974 y el artículo 1o de la Ley 89 de 1988, y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en las normas aplicables.

 

El Oferente (persona natural) y cada uno de los miembros (personas naturales) del Oferente Plural (Consorcio o Unión Temporal) que para la ejecución de sus actividades comerciales tenga uno o más trabajadores, deberá acreditar el cumplimiento de este requisito mediante certificación firmada por él mismo, en la que deje constancia del cumplimiento de estas obligaciones o en la que especifique si se encuentra dentro de alguna causal de exoneración.

 

El Oferente (persona natural) que para la ejecución de sus actividades comerciales NO tenga uno o más trabajadores en el territorio nacional, deberá: (i) Acreditar el cumplimiento de este requisito mediante certificación firmada por él mismo, en la que deje constancia de esta circunstancia; (ii) Acreditar afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones; y (iii) Certificar si ha tenido ingresos que le obliguen a cotizar al Sistema General de Seguridad Social y Pensiones, caso en el cual además deberá demostrar los pagos efectuados en los últimos seis (6) meses.

 

El Oferente (persona jurídica) extranjera no está obligada a cotizar al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales Colombiano, ni al ICBF, Sena y Cajas de Compensación Familiar Colombianas, salvo si tiene una Sucursal legalmente constituida en Colombia, caso en el cual, debe acreditar los requisitos anteriores mediante certificación del representante legal o revisor fiscal, según el caso

 

El oferente (persona jurídica) que para la ejecución de sus actividades de comerciales NO tenga uno o más trabajadores en el territorio nacional, y por tanto no tenga la obligación de efectuar el pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, deberá presentar certificación firmada por su representante legal o revisor fiscal, según el caso, en el que exprese esta circunstancia.

 

4.5 Registro Único Tributario –RUT

 

El proponente debe estar inscrito en el Registro Único Tributario – RUT antes de la fecha de cierre del presente proceso. Lo anterior, de conformidad con lo preceptuado en artículo 19 de la Ley 863 de 2003.

 

4.6. Declaración de renta

 

El proponente aportará su última declaración de renta y estados financieros del año anterior.

 

4.7. Certificado de antecedentes judiciales del Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional.

 

En cumplimiento del Art. 94 del Decreto Ley 19 de 2012, CORDEP verificara los antecedentes judiciales a través de la página web de la Policía Nacional, del oferente (persona natural) o del representante legal (persona jurídica). Si registra antecedentes judiciales, la oferta será rechazada.

 

4.8. Multas del Registro Nacional de Medidas Correctivas-RNMC.

 

En cumplimiento del Art. 183, Num.4 de la ley 1801 de 2016, CORDEP verificará en el REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS (RNMC), que el oferente no se encuentre reportado en dicho registro como deudor de multas e intereses. Si esta reportado por multas impuestas hace más de seis (6) meses, y no acredita el pago de la multa y sus intereses con la presentación de la oferta, la oferta será rechazada.

 

4.10. Boletín de responsables Fiscales.

 

En cumplimiento del Art. 60 de la ley 610 de 2000, CORDEP, verificará en el último boletín de representantes fiscales expedido por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA que el oferente (Representante Legal y la entidad o de la persona natural.) No se encuentre reportado en dicho boletín Si el oferente se encuentra reportado en el Boletín de responsables Fiscales la oferta será rechazada.

 

4.10. Certificado de antecedentes disciplinarios.

 

CORDEP verificara que el oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un Consorcio, Unión Temporal, no registre sanciones ni inhabilidades vigentes en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades SIRI de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN –PGN. Si el oferente registra inhabilidad vigente en AIRI de la PGN, la oferta será rechazada.

 

4.11. Certificado de Inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad.

 

En cumplimiento del Art. 4 de la ley 1918, CORDEP verificará previa autorización por escrito del proponente, el registro de inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad a través de la página web de la Policía Nacional, del proponente (persona natural) o del representante legal del proponente (persona jurídica), en caso que el proponente se encuentre inmerso en causal de inhabilidad, la oferta será rechazada.

 

Para lo anterior, el proponente deberá aportar con la oferta, autorización de consulta de inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad (formato nro. 7)

 

4.12. Cumplimiento de estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST

 

 El Oferente y cada uno de los miembros del Oferente Plural (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura) debe manifestar en la carta de presentación de la oferta: (i) Que no está incurso en la causal de inhabilidad para contratar con el Estado establecida en el Art. 5 de la Ley 828 de 2003; y (ii) Que cumple con las fases de implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas en la Resolución N°. 312 de 2019 del Ministerio del Trabajo. Así mismo, debe presentar: (iii) Certificación del revisor fiscal o representante legal del contratista, expedida con una antelación no superior a un mes, mediante la cual deje constancia de que se encuentra a paz y salvo en sus obligaciones con el sistema de seguridad social para pensión, salud, riesgos laborales y parafiscales.

 

4.13. Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)

 

En cumplimiento del numeral 1 del artículo 6 de la Ley 2097 de 2021 y Decreto 1310 de 2022, CORDEP verificará en el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM), que el Oferente o cada uno de sus integrantes (cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal) y su(s) representante(s) legal(es) (cuando el proponente sea una persona jurídica o proponente plural), no se encuentre(n) reportado(s) en dicho Registro. Si el Oferente o alguno de los integrantes del proponente plural está(n) reportado(s) como deudor alimentario moroso, la Oferta será rechazada. Si quien registra reporte como deudor alimentario moroso es el representante legal del Oferente, CORDEP solicitará que se subsane la presentación de la oferta, mediante ratificación de representante suplente o mediante ratificación de apoderado designado por el órgano de administración competente de la sociedad. En todo caso.

 

4.14. Información pública de la declaración de bienes y rentas (Ley 2013)

 

En cumplimiento de la Ley 2013, el Oferente deberá aportar el certificado de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés del representante legal o cada uno de sus integrantes (cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal) y su(s) representante(s) legal(es) (cuando el proponente sea una persona jurídica o proponente plural). Toda a información allí consagrada será confirmada por CORDEP, si se encuentra algún conflicto de intereses, la Oferta será rechazada. Si quien registra la inhabilidad es el representante legal del Oferente, CORDEP solicitará que se subsane la presentación de la oferta, mediante ratificación de representante suplente o mediante ratificación de apoderado designado por el órgano de administración competente de la sociedad.

 

4.15. Experiencia del proponente en contratos ejecutados.

 

La experiencia acreditada, es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las del objeto contractual del proceso de contratación, la cual será verificada por la Corporación Deportiva de Pereira. Para acreditar la experiencia se tendrá en cuenta como maximo de dos (2) contratos cuyo certificado sea expedido por el contratante público o privado, en el que conste que el proponente ejecutó contrato (s) cuya sumatoria sea un valor igual o superior al 100 % cuantía del presente proceso de contratación, cuyo objeto sea igual o tenga relación sustancial con el objeto del contrato del presente proceso de contratación, que contenga aspectos relacionados con el objeto del contractual de la presente invitación donde conste que además realizó trabajo en alturas.

 

Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe anexar el documento de conformación del mismo donde señala el nombre de quienes lo conforman y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.

 

Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:

 

• Nombre de la empresa Contratante

• Nombre del Contratista

• Número del contrato (si tiene)

• Objeto del contrato

• Fecha de suscripción y/o inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).

• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)

• Nombre y firma de quien expide la certificación.

• Valor del contrato

Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe anexar el documento de conformación del mismo donde señala el nombre de quienes lo conforman y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.

 

En el evento que de las certificaciones allegadas no se pueda extraer la información requerida, CORDEP podrá solicitar la documentación que considere necesaria para verificar la experiencia.

 

En caso de consorcios o uniones temporales la experiencia aquí solicitada puede ser aportada por cualquiera de sus integrantes.

 

Se considera necesario que el proponente deberá presentar diligenciado en su totalidad, el formato de experiencia del proponente (Anexo N° 3).

 

4.16 por las actividades  a realizar,  la Corporacion Deportiva de Pereira debera contratar una empresa que tenga como actividad comercial el codigo CIIU 4329, con una aterioridad de registro minimo de cinco (05) años de antigüedad, el cual debera acreditarlo mediante certificacion escrita por el Representante legal y prueba sumaria del mismo.

Cuadro de texto: 5. OTROS REQUISITOS ADICIONALES AL PROPONENTE.

Teniendo en cuenta que se requiere verificar requisitos adicionales al proponente, se solicitarán los siguientes:

 

5.1. Oferta Económica.

 

La oferta presentada por el proponente no podrá superar en ningún caso el valor estimado para el presente proceso de selección, el proponente deberá diligenciar el formato de oferta económica diligenciando la totalidad de las casillas, valores unitarios y valor total ofertado resultante (Anexo N° 4).

 

El contratista será seleccionado mediante comunicación de aceptación de la PROPUESTA DE MENOR PRECIO, siempre y cuando el proponente cumpla con los requisitos de participación habilitantes y la oferta cumpla con las condiciones técnicas y económicas exigidas en la invitación pública.

 

5.2. Compromiso Anticorrupción

 

El proponente tendrá que realizar manifestaciones bajo la gravedad de juramento relacionadas con la transparencia del proceso, para lo cual deberá diligenciar el formato de compromiso anticorrupción (Anexo N° 5)

 

5.3. Declaración de multas y demás sanciones por incumplimiento y efectividad de amparos de la garantía única

 

El proponente tendrá que realizar manifestaciones bajo la gravedad de juramento relacionadas con multas impuestas y afectación de garantías por incumplimiento de contratos, por causas atribuibles al mismo, para lo cual deberá diligenciar el formato de declaración de multas y demás sanciones por incumplimiento y efectividad de amparos de la garantía única (Anexo N° 6).

Cuadro de texto: 6. OTROS ASPECTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

 

6.1. Evaluación del menor precio y verificación de los requisitos habilitantes.

 

Dentro del término establecido en el cronograma de la Invitación Pública, el comité de evaluación designado por la entidad procederá a la revisión de las ofertas económicas y se verificará que la de menor precio cumpla con las condiciones habilitantes de la presente Invitación, si al momento de verificar el cumplimiento de los requisitos de la invitación el mejor precio no los cumple será elegido el segundo mejor precio y así sucesivamente.

 

Si en caso de llegarse a presentar rechazo del primer proponente por no cumplir con los requisitos habilitantes y /o supere el valor del presupuesto presentado, se procederá a evaluar el segundo en orden de llegada y así sucesivamente.

 

Lo anterior, de conformidad con el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la entidad que establece:

 

“OFICIALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN (COMPRAS, SERVICIO Y OBRA).

La oficialización de la contratación de bienes, servicios y obra en la Corporación Deportiva de Pereira, con terceros se establece exclusivamente a través de la firma del contrato u orden de servicios según sea el caso emitida por el área de contratación y aprobada por la instancia respectiva.

El precio es el factor primordial de selección del proponente, es decir CORDEP debe adjudicar el proceso de contratación al oferente que cumpla todas las condiciones exigidas por la entidad, con los documentos requeridos y que ofrezca el menor valor. Como las condiciones exigidas al proponente son iguales en cuanto a cantidad y calidad como en las condiciones técnicas del bien, servicio u obra; el valor o precio del componente determina la selección objetiva del contratista siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas en la invitación, de lo contrario no será tenida en cuenta al momento de la selección. Al momento de verificar el cumplimiento de los requisitos de la invitación el mejor precio no los cumple será elegido el segundo mejor precio y así sucesivamente”.

 

Dentro del término de evaluación de las ofertas, CORDEP podrá solicitar aclaraciones y/o documentos habilitantes que no constituyan factores de escogencia establecidos en el presente proceso, es decir todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la oferta económica, para que los proponentes subsanen, so pena de RECHAZO definitivo de la propuesta.

 

En ningún caso se podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la entrega de propuestas del presente proceso.

 

Será hábil el proponente que cumpla con todos y cada uno de los requisitos habilitantes y con los requerimientos técnicos establecidos en este estudio previo y sus anexos.

 

En caso de que se presente empate en el valor de la oferta presentada por dos o más interesados en la adjudicación del contrato, como primer factor de desempate se valorará la fecha y hora de entrega de las ofertas, siendo la entregada en primer término, la primera a considerar. En el evento, de que dos propuestas coinciden de forma exacta en la hora de entrega de sus propuestas, el segundo factor de desempate mediante balota. Este criterio de desempate se llevará a cabo en presencia de personal que garantice su transparencia y con la participación de los interesados, si lo desean.

 

6.2. Término para subsanar

 

El término máximo para recibir los documentos subsanables será el del plazo máximo indicado en el cronograma inserto en la invitación pública¸ dicho término es preclusivo, razón por la cual el no aporte de los documentos dentro del mismo, será causal de rechazo de la propuesta.

 

6.3. Causales de rechazo de las propuestas

 

Serán causales de rechazo las siguientes:

 

             Cuando carezca de capacidad para desarrollar el objeto de la presente contratación

             Cuando la vigencia de la persona jurídica sea inferior a la exigida en la Ley.

             Cuando el proponente no cumpla con la totalidad de los requisitos técnicos exigidos en la presente Invitación Pública.

             Cuando el proponente presente la propuesta fuera del término previsto en el cronograma de la Invitación Pública o en un lugar diferente al establecido en la misma.

             Cuando una vez el oferente requerido para subsanar, con la información o documentación allegada mejore la propuesta.

             Cuando el valor corregido de la propuesta económica supere el valor total del presupuesto oficial.

             Si el proponente no aclara o no responde de forma satisfactoria los requerimientos hechos por la entidad dentro del término concedido por la misma.

             Si la propuesta se presenta subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.

             Cuando la propuesta sea artificialmente baja y el proponente no justifique en la fecha indicada por la entidad el valor por él ofertado.

             Cuando el representante legal de una persona jurídica proponente, ostente igual condición en otra u otras firmas proponentes.

             Cuando el mismo Proponente presente varias ofertas por sí o por interpuesta persona (en consorcio, unión temporal o individualmente).

             Cuando el proponente en el Formato de Propuesta Económica modifique, suprima ítems no relacionados o no incluya toda la información solicitada en dicho formulario, que impida la valoración de la propuesta en igualdad de condiciones o cuando en la Propuesta Económica sea presentado con enmiendas o tachaduras y no sea firmado en original.

             La comprobación de que el proponente o alguno de sus integrantes, cuando se presente en consorcio o en unión temporal, se hallen incursos en alguna o alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades  para proponer o contratar, establecidas sobre la materia en la materia en la legislación Colombiana vigente.

             Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato.

             Cuando se presente alguna inconsistencia o inexactitud en la información de la propuesta, sobre los documentos con los cuales se acrediten factores habilitantes, sin que medie justificación razonablemente aceptable.

             Cuando los valores expresados en la oferta no sean expresados en pesos Colombianos.

             Cuando el termino de duración del proponente persona jurídica sea inferior a la vigencia del contrato y un (1) año más, o cuando el termino de duración de la persona jurídica integrante del consorcio o unión temporal sea inferior a la vigencia del contrato y un (1) año más.

             Cuando el proponente o alguno de sus integrantes estén reportados en el Boletín de Responsabilidad Fiscal que expide la Contraloría General de la Nación como responsables fiscales y/o en el Sistema de Información de Registro de Sanciones Inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación.

             Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución  que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.

             Cuando el valor total de la propuesta sobrepase el presupuesto oficial o estimado.

             Cuando el representante legal o alguno de sus socios registre sanciones administrativas de acuerdo con lo establecido en el Art. 5 de la Ley 828 de 2003

             Las demás previstas en el presente proceso.

 

6.4. Causales para declarar desierto el proceso de selección

 

CORDEP declarará desierto el proceso de selección en los siguientes eventos:

1) Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta

2) Cuando no se presente propuesta alguna;

3) En el evento en que no se logre habilitación de ningún proponente, luego de establecer la propuesta con el precio más bajo y verificar en su orden todas las propuestas presentadas.

 

La declaratoria se hará mediante acto motivado que se publicará en la cartelera de las instalaciones de las oficinas de CORDEP ubicadas en el estadio Hernán Ramírez Villegas sector occidental piso 2.

 

6.5. Condiciones técnicas para la ejecución del contrato.

 

1.    El suministro e instalación se realizara según las especificaciones técnicas del estudio realizado, por lo tanto este es la base de la presente necesidad y ficha técnica correspondiente.

 

Considerando las necesidades, se requieren los siguientes servicios:

 

Descripción

cantidad

Luminaria tipo proyector redonda de 100 w 12.000 lúmenes, voltaje 100/220 v / IP 65/ Factor de potencia 0.9/ CRI > 70/  frecuencia 50hz/60hz, garantía de 5 años/ 6000-6500k cable encuachetado 3x 12,

213

Salida de interruptor doble en interior/ tubería Emt ½, incluye accesorios, para independizar circuitos de iluminación en baños y pasillos

60

 Proyectores en exterior,  tipo Potencia nominal: 150W, Flujo luminoso: 13.500 lúmenes,Eficacia lumínica: 90 lm/W, Temperatura de color: 6500K (luz blanca fría – DL),Índice de reproducción cromática (IRC): >80, Ángulo de apertura: 120°, Distribución de luz: Directa simétrica, en tubería emt de ¾ incluye accesorios, longitud promedio 15 mts, los cuales se instalaran en las respectivo perimetro del estadio Hernan Ramirez Villegas

16

Montaje de Salidas de Interruptor Doble,  altura de instalacion entre 15 y 20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado ,  cuadrilla E  de 1 Of + 2 ayu, usando los siguientes acessorios: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

60

Montaje de luminarias nuevas bajo condiciones de trabajo en alturas, entre 15 y  20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos,  con una   cuadrilla E 1 of + 3 ayu. utilizando los siguentes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

213

Desmontaje de luminarias existentes, las cuales se encuentran en alturas entre los 15 y 20 Mtrs de Altura, mendiante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal calificado para el trabajo en alturas,  y realizar el  almacenaje en bodega de Cordep / debera ejecutarlo con una cuadrilla e 1 of + 3 ayu y la heerramienta necesaria para ello.

253

Montaje proyectores para iluminacion exterior estadio Hernan Ramirez Villegas, trabajo en alturas entre 15 y 20 Mtrs, mediante plataforma electrica y/o andamios certificados, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos, dichos trabajos deben contar con una Cuadrilla E 1 of + 2 ayu. y utilizando los siguientes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones

16

 

 

 

El objeto para contratar se ejecutará teniendo en cuenta las siguientes especificaciones técnicas:

 

 

 

 

 

 

 

Descripción

cantidad

Luminaria tipo proyector redonda de 100 w 12.000 lúmenes, voltaje 100/220 v / IP 65/ Factor de potencia 0.9/ CRI > 70/  frecuencia 50hz/60hz, garantía de 5 años/ 6000-6500k cable encuachetado 3x 12,

213

Salida de interruptor doble en interior/ tubería Emt ½, incluye accesorios, para independizar circuitos de iluminación en baños y pasillos

60

 Proyectores en exterior,  tipo Potencia nominal: 150W, Flujo luminoso: 13.500 lúmenes,Eficacia lumínica: 90 lm/W, Temperatura de color: 6500K (luz blanca fría – DL),Índice de reproducción cromática (IRC): >80, Ángulo de apertura: 120°, Distribución de luz: Directa simétrica, en tubería emt de ¾ incluye accesorios, longitud promedio 15 mts, los cuales se instalaran en las respectivo perimetro del estadio Hernan Ramirez Villegas

16

Montaje de Salidas de Interruptor Doble,  altura de instalacion entre 15 y 20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado ,  cuadrilla E  de 1 Of + 2 ayu, usando los siguientes acessorios: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

60

Montaje de luminarias nuevas bajo condiciones de trabajo en alturas, entre 15 y  20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos,  con una   cuadrilla E 1 of + 3 ayu. utilizando los siguentes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

213

Desmontaje de luminarias existentes, las cuales se encuentran en alturas entre los 15 y 20 Mtrs de Altura, mendiante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal calificado para el trabajo en alturas,  y realizar el  almacenaje en bodega de Cordep / debera ejecutarlo con una cuadrilla e 1 of + 3 ayu y la heerramienta necesaria para ello.

253

Montaje proyectores para iluminacion exterior estadio Hernan Ramirez Villegas, trabajo en alturas entre 15 y 20 Mtrs, mediante plataforma electrica y/o andamios certificados, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos, dichos trabajos deben contar con una Cuadrilla E 1 of + 2 ayu. y utilizando los siguientes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones

16

 

Cuadro de texto: 7. OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

7.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:

 

I)          Desembolsar la suma relacionada en la forma de pago, de acuerdo con los informes presentados por el contratista, y de acuerdo con el informe de supervisión, en los términos y condiciones señaladas en el proceso contractual.

 

II)        Revisar la documentación aportada por el contratista antes en aras de verificar el cumplimiento de los requisitos contractuales (pólizas y demás requeridos)

 

III)       Realizar el acompañamiento necesario para el cumplimiento de las metas propuestas que conlleven a la adecuada ejecución del objeto y suministrar oportunamente la información requerida por el contratista, para la ejecución del objeto contractual.

 

IV)      Exigir el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado.

 

V)        Informar previamente al contratista el cronograma de desplazamiento a las veredas.

 

VI)      Contratar al área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces del contrato a través de la persona idónea y/o quien designe para tal fin.

 

VII)     Suministrar con antelación al contratista el cronograma de actividades que se realicen en el escenario y puedan entorpecer las actividades de instalación.

 

VIII)   Todas aquellas que se consideren pertinentes para el cumplimiento del objeto contractual.

 

7.2. OBLIGACIONES CONTRATISTA:

 

7.2.1. Obligaciones generales:

 

1)        Cumplir la Constitución y la normatividad que rige la contratación con entidades privadas, esto es, código civil, código de comercio y código sustantivo del trabajo.

2)        Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.

3)        Cumplir el contrato en forma oportuna, en las condiciones consagradas en los estudios previos y en la propuesta, que forman parte integral del mismo.

4)        Suscribir en conjunto con el Interventor el acta de inicio del contrato y demás actas que se requieran durante la ejecución del contrato.

5)        Colaborar con CORDEP para que el objeto contratado se cumpla con la calidad exigida.

6)        Utilizar y suministrar todos los elementos contenidos en la ficha técnica.

7)        Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta el Supervisor.

8)        Cumplir sus obligaciones con el Sistema de seguridad social Integral en salud, pensiones y riesgos laborales, así como aportes parafiscales, cuando haya lugar. Para el efecto debe: (i) Presentar al área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces la afiliación a AFP, EPS y ARL como requisito para la suscripción del acta de inicio; (ii) Acreditar al supervisor para la suscripción del Acta de inicio, que la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales ya inició, de conformidad con lo establecido en el Art. 2.2.4.2.2.6 del D.1072/2015; (iii) Si el contratista celebra o ejecuta simultáneamente varios contratos, debe estar afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales por la totalidad de los contratos suscritos, en la misma ARL, y debe informar al área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces cual es la ARL a la que se encuentra afiliado, para que CORDEP pueda realizar la correspondiente novedad en la afiliación del nuevo contrato; (iv) El contratista debe pagar mes vencido, el valor de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la afiliación sea por riesgo I, II O III, conforme la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

9)        Velar por que los instaladores y demás personal necesario para prestar el servicio: a) Esté debidamente entrenado y calificado para prestar un servicio de buena calidad b) Tenga curso de alturas o el certificado del mismo.

10)     Mantener fijos los precios ofertados y pactados, durante la ejecución del contrato.

11)     Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras y comerciales presentadas en la propuesta.

12)     Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces del contrato, según corresponda.

13)     Guardar total reserva de la información que conozca con ocasión de la ejecución del contrato, salvo requerimiento de autoridad competente. 

14)     No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a CORDEP a través del área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces, según corresponda, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.

15)     Constituir las garantías cuando así se requieran, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. 

16)     Ejecutar el contrato con suma diligencia y cuidado, para evitar la generación de daño a visitantes, personal y/o bienes de la entidad;

17)     Responder por la conservación y uso adecuado de los bienes y documentos que le sean entregados por CORDEP en ejecución del contrato. 

18)     Prestar el servicio con la calidad pactada, asumiendo el riesgo del no pago de la obra contratada con con calidad inferior a la pactada, y certificados como no recibidos a satisfacción por el interventor, así como el riesgo de la indemnización de perjuicios causados por incumplimiento, mora o mala calidad de la obra. 

19)     Expedir las facturas de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley colombiana

20)     Cumplir con la obligación del pago del Sistema de Seguridad Social integral de las personas que utilice el contratista en la ejecución del objeto contractual, asegurándose que se encuentre afiliado en la categoría correspondiente al riesgo del contrato.

21)     No utilizar mano de obra infantil para la prestación del servicio de instalacion, la prestación de servicios o actividades anexas para el cumplimiento del contrato.

22)     En general las que se desprendan de la naturaleza del contrato y de su objeto

 

7.2.2. Obligaciones Específicas:

 

1)        Prestar el servicio contratado basado en la ficha técnica que se presenta para este, con el fin de que cumpla con las especificaciones y necesidades contratadas.

2)        Constituir las garantías exigidas del contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a su firma.

3)        Comunicar, oportunamente, al área responsable del seguimiento contractual o quien haga sus veces las circunstancias precontractuales o aquellas surgidas en el desarrollo del contrato que puedan afectar el objeto del mismo, la calidad del servicio o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen y sugerir a través de aquel las posibles soluciones, so pena de constituir causal de terminación del contrato por incumplimiento.

4)        Seleccionar y contratar el personal idóneo necesario para prestar el servicio, el cual debe contar con la documentación reglamentaria para la instalación y trabajos en alturas, al igual que en riesgos eléctricos.

5)        Asistir a las reuniones del comité que se configure por las partes, a fin de hacer seguimiento y evaluación del desarrollo del contrato.

6)        Elaborar y presentar por escrito los informes que se requieran.

7)        Afiliar a sus empleados al Sistema General de Seguridad Social, cajas de compensación y demás entidades que sean del caso y pagar los respectivos aportes.

8)        Atender de manera oportuna las observaciones escritas que reciba.

9)        Tener comunicación, con el personal a cargo con el fin de que estos realicen las actividades pertinentes a salvaguardar los lineamientos descritos en la ficha técnica.

10)     Permitir al interventor del contrato o a quien este designe para tal fin, realizar la revisión durante el desarrollo de la obra.

11)     Presentar informes parciales y final en medio magnético y físico con sus respectivos soportes, evidencias y soportes de pago de seguridad social.

12)     El contratista es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que CORDEP adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos, por lo anterior deberá asumir respecto de sus subcontratistas (personal dirigido a la ejecución del contrato) los horarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliaciones al sistema de seguridad social según lo ordenado por la ley 100/93 y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate.

13)     Contar con los elementos de bioseguridad necesarios para la ejecución del contrato.

14)     Cumplir con los lineamientos establecidos por CORDEP en la política de prevención de consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas en la ejecución del contrato.

15)     Capacitar al personal con todas las normas legales

16)     Las demás que sean necesarias e inherentes para el cumplimiento del contrato.

 

 

 
  Cuadro de texto: 8. CONDICIONES ADICIONALES

 

8.1. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL:

El contrato no genera relación laboral entre CORDEP y el CONTRATISTA, ni la obligación de pago de salarios y prestaciones sociales. Los servicios prestados por el contratista se remuneran mediante el pago pactado, que incluyen la totalidad de costos directos e indirectos en los que debe incurrir el contratista para el cumplimiento del contrato con la oportunidad y calidad pactadas.

El CONTRATISTA tiene autonomía, independencia y un amplio margen de discrecionalidad para cumplir las prestaciones acordadas dentro del plazo pactado.

8.2. INDEMNIDAD:

El CONTRATISTA mantendrá indemne a CORDEP contra todo reclamo, demanda o acción legal que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el CONTRATISTA o su personal, durante la ejecución del contrato.

8.3. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:

El CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o conflicto de interés establecidas en la Constitución Política y Legislación vigente y que conoce las consecuencias que se derivan para el contratista por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa.

8.4. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:

 

El contratista deberá cumplir las siguientes obligaciones de confidencialidad y seguridad de la información: (i) Custodiar y cuidar la documentación e información que en cumplimiento del objeto contractual nos sea entregada por CORDEP, así como a la que tengamos acceso, y a impedir o evitar su sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebida; (ii) Mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información de la que hagamos uso o tengamos conocimiento en el cumplimiento del objeto contractual, comprometiéndonos a no utilizarla para provecho propio, ni divulgarla, comercializarla, publicarla, cederla, revelarla o reproducirla de manera directa e indirecta o ponerla a disposición de terceros que no estén autorizados por CORDEP para conocerla; (iii) No ejercer actos que comprometan o afecten a la CORPORACIÓN

 

8.5. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS O CONFLICTOS:

 

Los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionaran preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación

 

8.6. CESIÓN DEL CONTRATO

 

El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente contrato sin la autorización previa y escrita del CONTRATANTE. La cesión se hará de conformidad con lo previsto en la normativa vigente aplicable. En todo caso, el CONTRATANTE verificará que la idoneidad y experiencia del (la) cesionario (a) sea igual o superior a la solicitada en los estudios previos que dieron origen al contrato.

 

8.7. LEGISLACIÓN APLICABLE:

 

Como resultado del proceso de selección se celebrará un CONTRATO DE OBRA, que se sujetará en todas sus etapas: Precontractual, Contractual y Post contractual a la normatividad establecida por el Derecho civil y Comercial con sujeción a la naturaleza jurídica de la Corporación Deportiva de Pereira.

 

8.8. CLAUSULAS SANCIONATORIAS

 

8.8.1. Penal Pecuniaria

 

Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del contratante o del contratista, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al 20% del valor total del contrato, los que podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte del contratante el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía constituida en favor de la misma.

 

El contratista declara conocer las siguientes condiciones: (i) La declaratoria de incumplimiento para hacer efectiva la CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA, no genera como consecuencia la extinción de la obligación principal o accesoria; (ii) El valor de la CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA se compensará de las sumas adeudadas por la DIAN al CONTRATISTA, si las hubiere, o haciendo efectiva la garantía de cumplimiento o a través del cobro coactivo; y (iii) Habrá lugar a exigir la pena, sin que el CONTRATISTA pueda alegar que la inejecución de lo pactado no ha inferido perjuicio a la CORPORACIÓN o le ha producido beneficio al contratista, de conformidad con el Art.1599 del Código Civil.

 

8.9. MÉRITO EJECUTIVO:

 

El contrato presta mérito ejecutivo con su sola presentación, sin necesidad de requerimiento alguno para constituirse en mora, requisito al cual las partes renuncian expresa y recíprocamente en su mutuo beneficio.

 

8.10. CAUSALES DE TERMINACIÓN:

 

El contrato se dará por terminado, por el vencimiento del plazo de ejecución pactado, salvo que de manera anticipada ocurra cualquiera de las siguientes condiciones: (i) Cumplimiento del objeto; (ii) terminación anticipada del contrato por mutuo acuerdo entre las Partes; o (iii) Imposibilidad de cumplimiento del objeto.

 

8.11. LIQUIDACIÓN:

 

En el evento de proceder, terminada la ejecución del contrato se procederá a la liquidación de este en los términos establecidos en la ley.

 

8.12. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN:

 

El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes, y para su ejecución requiere: (i) Registro Presupuestal, (ii) Constitución de Garantía de cumplimiento; (iii) Aprobación de la Garantía de cumplimiento; y (iv) Suscripción del acta de inicio.

 

8.13. LA INTERVENTORIA  

 

La interventoria requerida producto de la presente invitación pública, estará a cargo del contratista con el cual se suscriba el contrato de prestación de servicios el cual tendrá por objeto fungir como interventor en el presente contrato.

Cuadro de texto: 9. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Cccc

 

La Corporación Deportiva de Pereira es una entidad sin ánimo de lucro con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 que establece:

“La Corporación Deportiva de Pereira es una entidad descentralizada de tipo de Corporaciones de Participación Mixta, de naturaleza privada, por lo tanto se rige por las normas de derecho privado, y en cuanto al control y vigilancia la competencia la conservan las entidades de derecho público en todo lo relacionado con la ejecución de recursos provenientes del estado, ya sea de origen municipal, departamental o nacional, lo que determinaría la competencia especifica del ente de control para vigilar y controlar la aplicación de ese recurso con destinación específica conforme a los convenios interadministrativos o contratos suscritos con los mismos para cumplir algún servicio u objeto que en principio corresponde al estado, sin tener en cuenta la participación patrimonial de las entidades públicas en la entidad”.

Así mismo establece respecto el objeto social de la entidad lo siguiente:

“ARTÍCULO 2°. El objeto principal de la corporación será el de propiciar y desarrollar las actividades deportivas, recreativas, culturales, científicas y tecnológicas mediante prácticas en espacios seguros y adecuados, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos en asocio con los entes deportivos públicos y privados para coadyuvar a la formación de la cultura deportiva y a través de esta se avance en el fortalecimiento del deporte para todos y de altos logros, pudiendo gestionar cuanto esté a su alcance para la construcción, mantenimiento y dotación de escenarios y parques adecuados y suficientes propios del objeto de la corporación. Tales escenarios podrán construirse en terrenos de la corporación o de cualquiera de las entidades oficiales y establecimientos públicos descentralizados vinculados como aportantes, además de la prestación y venta de servicios de arrendamiento, mantenimiento, construcción y dotación de escenarios deportivos, realización de eventos masivos deportivos (Torneos, Campeonatos), alojamiento y alimentación a través del albergue deportivo”.

Teniendo en cuenta lo anterior, es correcto afirmar que la Corporación es una entidad con autonomía administrativa y presupuestal de carácter privado que requiere adelantar todas las acciones tendientes a lograr el cumplimiento del objeto social, como lo es a través de la suscripción de Contratos de suministro para el correcto funcionamiento de la entidad, y para dar cumplimiento al objeto principal de la corporación Pereira, se deben adelantar los procesos de contratación a que haya lugar.

 

Para el caso concreto, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira y en razón a su cuantía, es procedente adelantar un proceso de selección bajo la modalidad de INVITACIÓN PÚBLICA, del cual se concluya la celebración de un contrato de suministro, definido en el precitado manual con sujeción a lo establecido en el Código de Comercio Colombiano en los siguientes términos:

 

“CONTRATO DE SUMINISTRO. El suministro es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios.”

Cuadro de texto: 10. ANÁLISIS ECONÓMICO DE SECTOR - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN

 

Para identificar el sector de la economía al cual pertenecen los posibles oferentes, debemos tener claros los diferentes sectores en los cuales se dividen:

 

División según la economía clásica: Según la división de la economía clásica, los sectores de la economía son los siguientes:

 

              Sector primario o sector agropecuario: Es el sector que obtiene el producto de sus actividades directamente de la naturaleza, sin ningún proceso de transformación. Dentro de este sector se encuentran la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la caza y la pesca. No se incluyen dentro de este sector a la minería y a la extracción de petróleo, las cuales se consideran parte del sector industrial.

              Sector secundario o sector Industrial: Comprende todas las actividades económicas de un país relacionadas con la transformación industrial de los alimentos y otros tipos de bienes o mercancías, los cuales se utilizan como base para la fabricación de nuevos productos; Se divide en dos sub-sectores: industrial extractivo e industrial de transformación: Industrial extractivo: extracción minera y de petróleo. Industrial de transformación: envasado de legumbres y frutas, embotellado de refrescos, fabricación de abonos y fertilizantes, vehículos, cementos, aparatos electrodomésticos, etc.

              Sector terciario o sector de servicios: Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía. Como ejemplos de ello tenemos el comercio, los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, los servicios de educación, los servicios profesionales, el Gobierno, etc. Es indispensable aclarar que los dos primeros sectores producen bienes tangibles, por lo cual son considerados como sectores productivos. El tercer sector se considera no productivo, puesto que no produce bienes tangibles, pero, sin embargo, contribuye a la formación del ingreso nacional y del producto nacional.

Una vez analizada la división según la economía clásica, puede decirse que el presente objeto contractual “servicios” se encuentra enmarcado en el sector terciario de la economía.

 

Por tal motivo, por analogía con el sector público, La Guía para elaboración de Estudios de Sector expedida por Colombia Compra Eficiente, es la herramienta en la que se ha basado la Corporación, ya que establece que el análisis del sector debe cubrir tres (3) áreas: A. Aspectos generales. B. Estudio de la oferta. C. Estudio de la demanda.

 

Según el Sistema de Información empresarial (SIE) de la Superintendencia de Sociedades, el presente proceso contractual está ubicado en el Macro Sector de “Servicios” y de acuerdo con la clasificación de bienes y servicios de Colombia Compra Eficiente[1], el código de los servicios objeto del contrato a suscribir es:

Segmento:                            39000000
Familia:                                 39110000
Clase:                                    39111500
Producto:                              39111522
Nombre del Producto:        Iluminación Colgante

10.1.1 ¿Qué participación tiene el sector terciario en la economía colombiana?

 

Aspectos Generales.

Teniendo en cuenta que no se encuentra información financiera específica de las actividades económicas relacionadas anteriormente, se muestra para el presente estudio, la información publicada en la ENCUESTA MENSUAL DE SERVICIOS –EMS el mes de marzo de 2026 por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)[2], en los siguientes términos:

1.1 Variación anual de los ingresos nominales y contribución por tipo de ingresos, según subsector de servicios (enero 2026p / enero 2025)

 



En enero de 2026, quince de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos totales, en comparación con enero de 2025.

 

 

1.2 Variación anual del personal ocupado total y contribución por tipo de contratación, según subsector de servicios (enero 2026p / enero 2025).

 

 

 

En enero de 2026, ocho de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en el personal ocupado total, en comparación con enero de 2025.

 

 

1.3 Variación anual de los salarios y contribución por tipo de contratación, según subsector de servicios (enero 2026p / enero 2025)

 

 

 

 

En enero de 2026, todos los subsectores de servicios presentaron variación positiva en los salarios, en comparación con enero de 2025.

 

 

 

 

 

 

1.4 Variación doce meses de los ingresos nominales, personal ocupado total y salarios, según subsector de servicios (febrero 2025 - enero 2026p / febrero 2024 - enero 2025).

 

 

En el año móvil hasta enero de 2026, dieciséis de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos, cuatro presentaron aumento en el personal ocupado total y todos los subsectores presentaron incrementos en los salarios, en comparación con el mismo periodo comprendido hasta enero de 2025.

 

 

 

 

1.4 Variación año corrido de los ingresos nominales, personal ocupado total y salarios, según subsector de servicios (enero - febrero 2025p /enero - febrero 2024)

En lo corrido de 2025, diecisiete de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos, tres presentaron incremento en el personal ocupado total y todos los subsectores presentaron aumento en los salarios, en comparación con el mismo periodo de 2024.

Tabla 4. Variación año corrido de los ingresos nominales, personal ocupado total y salarios, según subsector de servicios Total nacional enero - febrero 2025 p/ enero - febrero 2024

 

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De otro lado, de conformidad con lo mencionado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) El comportamiento mensual del IPC total en febrero de 2026 (1,08%) se explicó principalmente por la variación mensual de las divisiones Alimentos y bebidas no alcohólicas y Educación. Las mayores variaciones se presentaron en las divisiones Educación (5,64%) y Restaurantes y hoteles (1,38%).

Variación mensual, año corrido y anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC)

Total, nacional 2025 - 2026 (febrero)

 

En febrero de 2026 la variación mensual del IPC fue 1,08%, la variación año corrido fue 2,27% y la anual 5,29%.

 

En febrero de 2026 la variación anual del IPC fue 5,29%, es decir, 0,01 puntos porcentuales mayor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 5,28%.

 

Variación mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Por Divisiones 2026 (febrero)

 

Fuente: DANE, IPC Nota: el orden de las divisiones responde a su ponderación dentro de la canasta del IPC (izq – der). 

 

En febrero de 2026 la variación mensual del IPC fue 1,08%, frente a enero de 2026. La división Educación registró una variación mensual de 5,64%, siendo esta la mayor variación mensual. En febrero de 2026 los mayores incrementos de precio se registraron en las subclases: otros gastos en educación superior (6,54%), educación secundaria (6,01%) y educación preescolar y básica primaria (6,01%). Los menores incrementos de precio se reportaron en las subclases: inscripciones y matrículas en postgrados (1,91%), cursos de educación no formal (5,22%) y diplomados, educación continuada, preicfes, preuniversitarios (5,46%).

 

10.3. Estudio de la demanda

¿Cómo ha adquirido la entidad este bien o servicio en el pasado?

Modalidad contractual:

Orden de servicios ORD41

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

SERVICIO DE INSTALACION PROYECTORES COMPLEJO DEPORTIVO CORDEP

Valor del contrato:

$ 1.619.61

Fecha de suscripción:

2023/03/01

 

Modalidad contractual:

Orden de servicios ORD281

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

8 PROYECTORES Y SERVICIOS DE INSTALACION EN TORRES DEL ESTADIO ALBERTO MORA MORA

Valor del contrato:

$ 20.711.168,00

Fecha de suscripción:

2023/11/14

 

Modalidad contractual:

Contrato prestación de servicios CONTRATO023

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

REALIZAR LA REPARACION Y ADECUACIONES EN EL SISTEMA DE ILUMINACION DE LA CANCHA SINTETICA REGLAMENTARIA DEL COMPLEJO DEPORTIVO CORDEP

Valor del contrato:

$ 22.143.952,00

Fecha de suscripción:

2022/11/18

 

Modalidad contractual:

Orden de servicios ORD179

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

SUMINISTRO DE INTERRUPTOR E INSTALACION EN EL TABLERO ELECTRICO DE LA CANCHA SINTETICA REGLAMENTARIA CORDEP

Valor del contrato:

$ 314.262,00

Fecha de suscripción:

2023/07/24

 

 

 

Modalidad contractual:

Contrato de prestación de servicios PS 99-2024

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

Contrata el servicio e instalación de dos proyectores led de alta eficiencia y revisión de la instalación eléctrica de dos torres del estadio Alberto Mora Mora

Valor del contrato:

$ 5.670.856

Fecha de suscripción:

14/11/2024

 

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

OBJETO: Contratar el servicio de revisión e instalación  de 1 un contactor – interruptor ind. Fijo easypacezc 100 n 25KA 3 x100A,  el redireccionamiento  de reflector  en la torre occidental sur y desmonte de reflector  en la misma torre a 23 mt, incluye personal especializado  y certifica do  de manejo de alturas conforme a la ley por parte del contratista, debe de tener un coordinador de alturas y equipos certificados, lo anterior obra se realizara en el  estadio Alberto Mora Mora.

Valor del contrato:

 

Fecha de suscripción:

24/1/2024

 

 

Modalidad contractual:

ADICIÓN CONTRATO P.S. 99-2024

Contratista:

PRISMA LED S.A.S

Objeto:

CONTRATAR EL SERVICIO DE REVISIÓN E INSTALACIÓN DE UN CONTACTOR -INTERRUPTOR IND. FIJO EASYPACEZC 100N 25KA 3X 100AQ EL REDIRECCIONAMIENTO DEL REFLECTOR (…)”

Valor del contrato:

$ 1.200.417

Fecha de suscripción:

2024/12/05

 

 

 

 

Modalidad contractual:

ADICIÓN CONTRATO PS 046-2025

Contratista:

JENNIFER JOHANA OCHOA HINCAPIE-SERED (SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN REDES, ELECTRICIDAD Y DOMOTICA)

Objeto:

CONTRATAR EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIAS LED E INSTALACIÓN EN EL ESTADIO HERNÁN RAMIREZ VILLEGAS”. 3) Que JENNIFER JOHANA OCHOA HINCAPIE

Valor del contrato:

SETENTA MILLONES PESOS MCTE ($70.000.000)

Fecha de suscripción:

2025/12/01

 

 

 

10.4. Estudio de mercado

 

Objeto: 

CONTRATAR EL SUMINISTRO DE LUMINARIAS LED E INSTALACIÓN EN EL ESTADIO HERMAN RAMÍREZ VILLEGAS

10.4.1. Antecedentes

Con el fin de garantizar la eficiencia, transparencia y economía en la contratación, se realiza el presente estudio de mercado que tiene como propósito identificar las condiciones del sector, el comportamiento de precios y la disponibilidad de proveedores para la adquisición del bien o servicio requerido por la entidad.

10.4.2 Objeto del estudio

Determinar los precios, calidades, condiciones de entrega, tiempos y demás factores relevantes del mercado, para establecer una base de comparación que permita definir el presupuesto oficial y los criterios de selección del contratista.

10.4.3. Descripción

Descripción

cantidad

Luminaria tipo proyector redonda de 100 w 12.000 lúmenes, voltaje 100/220 v / IP 65/ Factor de potencia 0.9/ CRI > 70/  frecuencia 50hz/60hz, garantía de 5 años/ 6000-6500k cable encuachetado 3x 12,

213

Salida de interruptor doble en interior/ tubería Emt ½, incluye accesorios, para independizar circuitos de iluminación en baños y pasillos

60

 Proyectores en exterior,  tipo Potencia nominal: 150W, Flujo luminoso: 13.500 lúmenes,Eficacia lumínica: 90 lm/W, Temperatura de color: 6500K (luz blanca fría – DL),Índice de reproducción cromática (IRC): >80, Ángulo de apertura: 120°, Distribución de luz: Directa simétrica, en tubería emt de ¾ incluye accesorios, longitud promedio 15 mts, los cuales se instalaran en las respectivo perimetro del estadio Hernan Ramirez Villegas

16

Montaje de Salidas de Interruptor Doble,  altura de instalacion entre 15 y 20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado ,  cuadrilla E  de 1 Of + 2 ayu, usando los siguientes acessorios: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

60

Montaje de luminarias nuevas bajo condiciones de trabajo en alturas, entre 15 y  20 Mtrs de altura, mediante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos,  con una   cuadrilla E 1 of + 3 ayu. utilizando los siguentes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones.

213

Desmontaje de luminarias existentes, las cuales se encuentran en alturas entre los 15 y 20 Mtrs de Altura, mendiante plataforma electrica y/o andamio certificado, con personal calificado para el trabajo en alturas,  y realizar el  almacenaje en bodega de Cordep / debera ejecutarlo con una cuadrilla e 1 of + 3 ayu y la heerramienta necesaria para ello.

253

Montaje proyectores para iluminacion exterior estadio Hernan Ramirez Villegas, trabajo en alturas entre 15 y 20 Mtrs, mediante plataforma electrica y/o andamios certificados, con personal idoneo y certificado para dichos trabajos, dichos trabajos deben contar con una Cuadrilla E 1 of + 2 ayu. y utilizando los siguientes elementos: caja rawel , presa estopa, conectores resortados, cinta auto fundente, guaya de acero y sujeciones

16

10.4.4. Metodología empleada

Para la determinación del valor estimado del contrato, se realizaron consultas de precios a tres proveedores del sector eléctrico e iluminación deportiva mediante revisión de catálogos en línea, cotizaciones previas y referencias comerciales.

10.4.5. Análisis de cotizaciones

A continuación, se relacionan las ofertas de mercado consultadas:

Ítem

Descripción

Cant.

Utopia- Sund & Light

Led Home

Infraestructuras Inteligentes S.A.S

Promedio Mercado

1

Suministro luminaria tipo proyector redonda LED 100W

213

$ 480.000

$ 505.000

$ 500.000

$ 495.000

2

Salida de interruptor doble interior EMT ½

60

$ 270.000

$ 285.000

$ 279.651

$ 278.217

3

Suministro proyectores exteriores 150W

16

$ 530.000

$ 555.000

$ 550.000

$ 545.000

4

Montaje salida interruptor doble en altura

60

$ 142.000

$ 150.000

$ 149.885

$ 147.295

5

Montaje luminarias nuevas en altura

213

$ 275.000

$ 290.000

$ 283.700

$ 282.900

6

Desmontaje luminarias existentes en altura

253

$ 275.000

$ 290.000

$ 283.700

$ 282.900

7

Montaje proyectores exteriores en altura

16

$ 142.000

$ 150.000

$ 149.885

$ 147.295

10.4.6. Análisis de precios

Con base en las cotizaciones obtenidas de tres proveedores con experiencia en la instalación de Luminarias y redes estructuradas, se determinó que el valor promedio del mercado para la adquisición e instalación integral de los equipos descritos asciende a DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($275.000.000) M/CTE.

Este valor cubre:

        Suministro e instalación de luminarias.

        Mano de obra calificada y materiales complementarios.

        Configuración, pruebas, capacitación y puesta en funcionamiento del sistema.

        Garantía técnica mínima de 12 meses sobre equipos e instalación.

 10.4.7. Conclusiones

        Existen suficientes oferentes en el mercado que cumplen con las condiciones técnicas requeridas.

        Los precios son competitivos y se encuentran dentro del rango establecido por el mercado.

        Se recomienda adoptar el valor promedio obtenido como presupuesto oficial del proceso de invitación pública.

        La modalidad de contratación propuesta garantiza pluralidad de oferentes y selección objetiva.

 

Cuadro de texto: 11. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Perera, el presupuesto oficial y precios de referencia para las Invitaciones Públicas que la Corporación deba adelantar para dar cumplimiento a las obligaciones emanadas de Contratos Interadministrativos suscritos por la Corporación con entidades estatales, serán establecidos de conformidad con los precios establecidos en los documentos precontractuales y contractuales del Contrato Interadministrativo del cual emana la necesidad de adelantar la Invitación Publica, toda vez que los precios establecidos en el proceso ya han sido objeto del estudio de mercadeo correspondiente con la finalidad de establecer el valor total para el Contrato Interadministrativo.

 

Posteriormente, la Corporación Deportiva de Pereira realizó estudio de mercadeo solicitando cotizaciones a diferentes entidades que prestan este servicio.

 

En virtud de lo anterior, el presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección será hasta por DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($275.000.000) M/CTE., Este valor incluye la totalidad de costos directos e indirectos a los que haya lugar, a monto agotable de acuerdo con los valores unitarios por actividad para cada trayecto que comprende el recorrido interno dentro del municipio, traslado a las veredas, recorrido interno en la ciudad de Pereira para llegar a los escenarios deportivos.

 

El valor del presupuesto se encuentra cubierto en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Anexo a la presente

Cuadro de texto: 12. FORMA DE PAGO

Se pagara el contrato que se suscriba con ocasión del presente proceso mediante pagos parciales, de acuerdo con el avance en la ejecución del objeto contractual, previa certificación de cumplimiento, recibo a satisfacción y visto bueno del supervisor del contrato. Cada uno de los ítems que conforman el objeto contractual tendrá carácter independiente, por lo cual su ejecución y pago se realizará de manera individual, conforme a las cantidades efectivamente ejecutadas y debidamente aprobadas.

 

El contratista deberá presentar la facturación correspondiente, la cual podrá realizarse por ítems ejecutados, siempre que esté soportada en las actas de ejecución debidamente suscritas y aprobadas por la supervisión, previa presentación de informe de cumplimiento de las obligaciones derivadas del objeto del contrato con registro fotográfico, documental y soportes de pago de aportes al sistema de seguridad social del contratista o certificación y su aceptación a satisfacción por parte del interventor.

La Corporación realizará todas las retenciones y deducciones que se disponga en la normatividad vigente y aplicable a la materia.

 
  Cuadro de texto: 13. TASAS E IMPUESTOS:

El CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana. Cuadro de texto: 14. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

 

14.1. Plazo de ejecución y liquidación del contrato.

 

14.1.1. Plazo para ejecución del contrato:

El término estipulado para la ejecución del contrato será de Cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de la suscripción de su acta de inicio sin exceder del 30 de diciembre de 2026.

 

14.1.2. Plazo para la liquidación del contrato:

 

El plazo para la liquidación del contrato será el establecido en la ley.

 

14.2. Lugar de ejecución del contrato.

 

El contrato se ejecutará en el Municipio de Pereira.

 
  Cuadro de texto: 15. ANÁLISIS DEL RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO

 

15.1. Matriz de Riesgos.

 

Colombia Compra Eficiente diseñó con base en el estándar australiano para la administración de riesgos una metodología para identificar y clasificar los riesgos con fundamento en la probabilidad de ocurrencia y el impacto del evento. A continuación, se identifican y describen los riesgos según el tipo y la etapa del Proceso de Contratación en la que ocurre; posteriormente se evalúan los riesgos teniendo en cuenta su impacto y su probabilidad de ocurrencia; y finalmente, se establece un orden de prioridad teniendo en cuenta los controles existentes y el contexto de los mismos.
Tabla 1 - Matriz de Riesgos

 

 

El orden de prioridad fue establecido asignando un puntaje de acuerdo con la probabilidad de ocurrencia (raro; improbable; posible; probable; casi cierto) y su impacto (insignificante; menor; moderado; mayor; catastrófico). Los riesgos fueron clasificados teniendo cuenta su calificación en la siguiente tabla:

 

Tabla 2- Prioridad de Tratamiento y Control del Riesgo

 

Los riesgos mayores requieren de un monitoreo adicional para disminuir su probabilidad de ocurrencia o mitigar su impacto durante el Proceso de Contratación. Se identificó para el presente proceso de contratación los riesgos que se relacionan en la siguiente tabla, la cual está acorde para los contratos de prestación de servicios profesionales.

FORMA DE MITIGARLO

Cuadro de texto: 16. GARANTIAS

 

La Corporación Deportiva de Pereira CORDEP establece que el contratista deberá constituir a favor de la entidad, garantías otorgadas a través de una Compañía de Seguros aprobada por la Superintendencia Financiera que ampare los siguientes riesgos:

 

 

AMPARO

% DE AMPARO

VIGENCIA

PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES

10% del valor total del contrato

Por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato

CUMPLIMIENTO

20% del valor total del contrato.

Por el plazo de ejecución del contrato y ciento veinte (120) días más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato

CALIDAD DEL SERVICIO

20% del valor total del contrato.

Por el plazo de ejecución del contrato y ciento veinte (120) días más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

200 salarios mínimos legales mensuales vigentes

Por el plazo de ejecución del contrato

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuadro de texto: 17. RECOMENDACIÓN

Con la presentación de este estudio previo, se evidencia la oportunidad y conveniencia de iniciar el proceso de selección para cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los fines de la CORPORACIÓN DEPORTIVA DE PEREIRA.

 

Pereira, Mayo de 2026.

 

Atentamente,

 

 

 

YURY CRISTINA GALEANO VALENCIA

Directora Ejecutiva CORDEP                      

 

 

 

 

MARIA MIRIAM LONDOÑO C.                                                                                               

Tesorera CORDEP                                                                                                                        

 

 

PROYECTÓ

SEBASTIÁN GARCÍA OSPINA

ABOGADO CONTRATISTA

 

 

 

REVISÓ

SANTIAGO ALZATE SANCHEZ

ABOGADO CONTRATISTA



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