A continuación, se presentan los estudios previos de conveniencia y necesidad, realizado el análisis se determinó que corresponde a la modalidad de selección de Invitación Pública de acuerdo con la cuantía de conformidad con el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira.
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1. ANALISIS SOBRE LA CONVENIENCIA Y DESCRIPCIÓN SUCINTA DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN |
La Corporación Deportiva de Pereira con NIT 891.400.094-1 es una entidad descentralizada de participación mixta, sin ánimo de lucro, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio; cuyo objeto social principal es el de propiciar y desarrollar actividades deportivas, recreativas, culturales, científicas y tecnológicas mediante practica de espacios seguros y adecuados, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos en asocio con los entes deportivos públicos y privados para coadyuvar a la formación de la cultura deportiva y a través de esta se avance en el fortalecimiento del deporte para todos; además de la realización de eventos masivos deportivos (torneos, campeonatos).
En aras de diversificar las fuentes de ingresos, el día 05 de febrero de 2026, se suscribió Contrato Interadministrativo No. 2924-2026 entre la Corporación Deportiva de Pereira “CORDEP” y el Municipio de Pereira - Secretaría de Deporte y Recreación, cuyo objeto es “REALIZAR LA FASE MUNICIPAL DE LOS JUEGOS CAMPESINOS EN LAS DISCIPLINAS INDIVIDUALES Y DE CONJUNTO ACOMPAÑANDO A LA DELEGACIÓN DE PEREIRA HASTA LA FASE DEPARTAMENTAL EN EL MARCO DEL PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE DEPORTE, RECREACIÓN, ACTIVIDAD FÍSICA Y ESCENARIOS DEPORTIVOS EN EL MUNICIPIO DE PEREIRA”
Los juegos del campo en las disciplinas individuales y de conjunto, hacen parte de una política Nacional descentralizada consagrada en el artículo 3 de la ley 181 de 1995, establecida para “desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en su territorio”, que permite además, la autonomía para que cada municipio ajuste, regule y promueva los procesos que impulsen la práctica del deporte y permite la cooperación entre entes públicos y privados para el cumplimiento de la Ley.
Teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo aprobado para la vigencia 2024-2027 en el Municipio de Pereira, el proceso de contratación para realizar los juegos del campo en las disciplinas individuales y de conjunto, se debe adelantar de acuerdo a las metas y programas establecidas en el Plan de Desarrollo vigente del Municipio de Pereira 2024-2027, Línea estratégica BIENESTAR SOCIAL Y CALIDAD DE VIDA PARA LAS FAMILIA, con el programa FOMENTO AL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA ACTIVIDAD FÍSICA PARA EL BIENESTAR SOCIAL en el sector Deporte, conveniente y oportuno para la Secretaría de Deporte y Recreación, cuya misión de la Secretaría de Deporte y Recreación es el fomento y la promoción de la práctica de deporte, actividad física, recreación y el sano aprovechamiento del tiempo libre. Además de tener espacios deportivos y recreativos (escenarios) aptos para toda la población del municipio de Pereira, especialmente para los de menores recursos que no tienen acceso a parques recreacionales, eventos recreativos, clubes, espectáculos y demás actividades. Dentro de este marco, la Secretaría de Recreación y Deportes tiene como objetivo primordial fomentar el Deporte, la Actividad Física, la Recreación y el sano aprovechamiento del tiempo libre para mejorar la salud de los ciudadanos y fortalecer los espacios deportivos y recreativos de toda la población del municipio de Pereira.
Para la Alcaldía del Municipio de Pereira - Secretaría de Deporte y Recreación es prioridad brindar a la población del campo de los 12 corregimientos del municipio (Altagracia, Arabia, Caimalito, Cerritos, Combia Alta, Combia Baja, La Bella, La Estrella, la Palmilla, La Florida, Morelia, Puerto Caldas, Tribunas) espacios necesarios para el desarrollo deportivo, recreativo y de utilización del tiempo libre que permita la construcción de un mejor tejido social donde se promuevan valores que vayan encaminados a una mejor calidad humana y mejores relaciones interpersonales.
Es de resaltar que el municipio cuenta con un estimado de 6.500 deportistas en las disciplinas de Futbol, Futbol de Salón, Baloncesto, Atletismo, Ciclismo, Billar, Tejo y Rana, de los cuales por cada corregimiento se cuenta con más de 1 equipo como mínimo en cada deporte de conjunto y un máximo de 10 equipos en algunos corregimientos, lo que significa que se tendrán mayor cantidad de encuentros deportivos en unos corregimientos que en otros.
De acuerdo con la Resolución No. 014 del 9 de abril de 2024 que promulga la carta fundamental de los juegos departamentales campesinos y veredales de Risaralda 2024 el municipio de Pereira realizará su fase municipal con el objetivo de promover la sana competencia deportiva entre los corregimientos y veredas y así tener el representante por Pereira en la fase departamental (Futbol, Futbol de salón, Billar, Tejo, Sapo) y promover el fomento deportivo en Baloncesto, Atletismo, Ciclismo.
Los juegos del campo están orientados a generar un espacio de participación e inclusión en donde la mayor cantidad de disciplinas se puedan ejecutar desde los procesos formativos y/o recreativos hasta la alta competencia bajo estándares de calidad y mediante propuestas de mejoramiento continuo, además de la realización de eventos deportivos locales y nacionales que presenten la ciudad como atenta y dispuesta en la masificación de las disciplinas del deporte aunado, al aprovechamiento del tiempo libre por medio del deporte comunitario, apoyar el deporte, la sana utilización del tiempo libre, promover y masificar la práctica deportiva, y generar espacios de competencia.
En los últimos años el campesinado colombiano ha atravesado por una de las etapas de mayor intensidad en sus procesos de reconocimiento como sujeto colectivo de derechos; la descampesinización rural como fenómeno ligado a la postura estatal hacia los campesinos y campesinas colombianos respecto a su reconocimiento, dignidad e identidad y como elemento configurador de la sociedad moderna; una visión de transformación del campo hacia su empresarización a partir de acciones como: expansión de los monocultivos, desligar al habitante campesino de sus raíces, generar en la comunidad campesina una pérdida de su identidad y desconocimiento de su historia. Esto en contraste de lo que ha construido el campesino como actor comunitario ligado a sus saberes, al territorio, a las prácticas de vida en armonía con el cuidado de la naturaleza. Es así, como entre las diversas luchas campesinas por el reconocimiento de sus derechos, una de las aristas ha sido la defensa de su derecho al deporte, desde sus construcciones identitarias como comunidad campesina.
Por lo anterior, es necesario realizar las actividades precontractuales, tendientes a adelantar proceso de invitación de conformidad con el manual de contratación, la normatividad colombiana en materia civil y comercial, para prestar en óptimas condiciones el servicio contratado y cumplir el objeto contractual del convenio interadministrativo.
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Para dar cumplimiento al objeto contractual del precitado Contrato Interadministrativo en lo relacionado con garantizar el suministro de la implementación deportiva para los participantes y ganadores de los juegos del campo conocidos popularmente como juegos campesinos la Corporación Deportiva de Pereira con sujeción a lo establecido en su Manual de Contratación de Bienes y Servicios y en razón a la cuantía a contratar evidencia la necesidad de adelantar un proceso de selección de Invitación Publica de una persona natural o jurídica idónea para desarrollar los alcances mencionados, previa la cotización del servicio.
Lo anterior, con ocasión a que la Corporación no cuenta con el recurso humano, no tiene personal idóneo para el servicio, no cuenta con el recurso técnico requerido para asumir directamente el servicio aunado a que no se cuentan con los elementos y materiales requeridos, por lo cual es necesario realizar las actividades precontractuales, tendientes a adelantar el mencionado proceso de contratación de conformidad con la normatividad Colombiana en materia civil y comercial.
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3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR |
3. 1. Objeto
SUMINISTRAR LA IMPLEMENTACION DEPORTIVA Y PREMIACIÓN PARA LOS PARTICIPANTES Y CAMPEONES DE LOS JUEGOS CAMPESINOS EN EL MARCO DE LA EJECUCION DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO 2924-2026 SUSCRITO ENTRE LA CORPORACIÓN DEPORTIVA DE PEREIRA Y LA SECRETARÍA DE DEPORTE Y RECREACIÓN MUNICIPIO DE PEREIRA.
3.2 Alcances del Objeto
El CONTRATISTA deberá prestar suministrar la implementación deportiva y premiación requerida de acuerdo con el cronograma señalado por la Secretaría Municipal de Deporte y Recreación en la fecha, hora y lugar señalados, en las siguientes condiciones:
-OCHOCIENTAS (800) MEDALLAS - (Premiación primero, segundo y tercero) Medalla Lino Tipo Oro, Plata y Bronce, medidas 10 cms de diámetro, 5 mm de espesor, Material Zamak, Alineación de Zinc, Magnesio, Aluminio y Cobre. Repujada por revés, por el otro lado marcada según requerimiento. Con cinta de tela sublimada según necesidad.
-DOSCIENTOS (200) TROFEOS - (premiación primero, segundo y tercero en deportes de conjunto e individuales) Medidas 80 cms de altura en total (Material copa metálica. Pedestal base acrílica. Placa de metal sublimado a color PERSONALIZADO).
-CIENTO VEINTE (120) BALONES DE FUTBOL - no.5: circunferencia 68-70 cm, peso 410-450 gr neumático en butilo, enmallado en nylon ducilo, capa esponjosa de caucho natural (látex) vulcanizada, cubierta final de cuero pvc fijada con adhesivo de caucho natural (látex), logos estampados y repujados en bajo relieve.
-VEINTICUATRO (24) BALONES DE VOLEIBOL - Categoría PROCámara de butilo con alta retención de aire Cubierta en cuero PU de alta calidad con respaldo en microfibra. Cumple especificaciones oficiales (balón de alta categoría). Excelencia aerodinámica Experiencia de juego cómodo y agradablePeso: 260 a 280 gCircunferencia: 64 a 67 cmRebote: mínimo 115 cm.
-CIENTO OCHENTA (180) BALONES DE FUTBOL DE SALON - Balón de microfutbol Neumático butilo 55% dos capas nylon ducilo 100%, preforma esponjosa en caucho natural látex, vulcanizada impermeable, cubierta en símil cuero PVC laminada y termo- sellada. Tamaño: 58 – 62 Centímetros de circunferencia. Peso: 440 – 450 Gramos. Reboté: Soltado desde una altura de 2 metros, con un logo.
-VEINTICUATRO (24) BALONES DE BALONCESTO - No. 7: Cubierta en caucho, color naranja homologado, neumático en butilo enmallado en hilaza poliéster, fondeo en latex, circunferencia entre75 y 78 cm, peso entre 569 y 610 cm, con rebote a 1,20 metros. Especificaciones FIBA.Logo estampado en tampografía Impermeable al agua. Garantía 1 (uno) por defectos de fabricación.
-TREINTA (30) CAJONES DE SAPO - medidas 42 cm de ancho x 43 cm fondo x 113 cm alto, fabricado en madera de pino con un peso no superior a los 15kg; medidas caja de empaque: 115 cm x 44 x45; incluye juego de 3 rana Información Importante. Amigable con el Medio Ambiente, Este producto es Biodegradable, Reciclable, Reutilizable y de Fácil Reconversión. No Requiere talar árboles Nativos, Solo usamos madera de bosques renovables.
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4. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS |
Requisitos de contenido jurídico.
Los siguientes son los documentos de verificación de contenido jurídico requeridos para el proceso de contratación.
4.1 Existencia y Representación Legal
a) Personas Naturales
Persona natural nacional: deberá presentar copia de su cédula de ciudadanía y en el evento en que se encuentre obligada a la inscripción como comerciante adjuntar el certificado de matrícula mercantil, expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección, su actividad mercantil debe estar relacionada con la prestación del servicio.
b) Personas jurídicas nacionales o extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia.
Certificado de Existencia y Representación Legal: El contratista persona jurídica deberá presentar copia de la cédula del representante legal y el certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección, en el cual conste que la entidad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia, las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
4.2. Acta de facultades para contratar
El contratista, persona jurídica deberá presentar certificación que acredite que el Representante Legal o quien haga sus veces se encuentra debidamente facultado y autorizado para suscribir contratos, deberá adjuntarse también copia de los estatutos de la persona jurídica.
En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, deberá presentar copia del acta expedida, como lo determina el Código de Comercio, en la cual conste que ha sido facultado por el órgano social competente para comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o en su defecto presentar la certificación del Secretario de la Junta u órgano social competente donde conste la autorización correspondiente.
Cuando el contratista fuere una Cooperativa de Trabajo Asociado deberá presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente, expedido por la Cámara de Comercio dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso.
En el evento que el contratista fuere una Caja de Compensación deberá presentar Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Superintendencia del Subsidio Familiar dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección, en el que conste domicilio y representación legal. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines. Igualmente, deberá allegar los Estatutos en los cuales consten las facultades del representante legal y el término de duración de ésta, el cual no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y un año (1) más. - Cuando el proponente fuere una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia deberá allegar certificado expedido por ésta dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso, mediante el cual se acredite la representación legal, su calidad y que su duración no será inferior al plazo del contrato y un (1) año más.
4.3 certificación de afiliación a Seguridad Social y ARL.
El contratista (persona jurídica) y cada uno de los miembros del contratista Plural (consorcio o unión temporal) deben acreditar que se encuentra afiliados al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, así como de parafiscales del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
4.4 Registro Único Tributario –RUT
El contratista debe estar inscrito en el Registro Único Tributario – RUT antes de la fecha de cierre del presente proceso. Lo anterior, de conformidad con lo preceptuado en artículo 19 de la Ley 863 de 2003.
4.4. Certificado de antecedentes judiciales del Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional.
En cumplimiento del Art. 94 del Decreto Ley 19 de 2012, CORDEP verificara los antecedentes judiciales a través de la página web de la Policía Nacional, del contratista (persona natural) o del representante legal (persona jurídica). Si registra antecedentes judiciales, no se podrá llevar a cabo la contratación.
4.5. Multas del Registro Nacional de Medidas Correctivas-RNMC.
En cumplimiento del Art. 183, Num.4 de la ley 1801 de 2016, CORDEP verificará en el REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS (RNMC), que el contratista no se encuentre reportado en dicho registro como deudor de multas e intereses. Si esta reportado por multas impuestas hace más de seis (6) meses, y no acredita el pago de la multa y sus intereses con la presentación de la oferta, no se podrá llevar a cabo la contratación.
4.6. Boletín de Responsables Fiscales.
En cumplimiento del Art. 60 de la ley 610 de 2000, CORDEP, verificará en el último boletín de representantes fiscales expedido por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA que el contratista (Representante Legal y la entidad o de la persona natural) No se encuentre reportado en dicho boletín Si el contratista se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales no se podrá llevar a cabo la contratación.
4.7. Certificado de antecedentes disciplinarios.
CORDEP verificara que el oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un Consorcio, Unión Temporal, no registre sanciones ni inhabilidades vigentes en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades SIRI de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN –PGN. Si el oferente registra inhabilidad vigente en AIRI de la PGN, no se podrá llevar a cabo la contratación.
4.8. Certificado de Inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad.
En cumplimiento del Art. 4 de la ley 1918, CORDEP verificará previa autorización por escrito del proponente, el registro de inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad a través de la página web de la Policía Nacional, del contratista (persona natural) o del representante legal (persona jurídica), en caso de que el contratista se encuentre inmerso en causal de inhabilidad, no se podrá llevar a cabo la contratación.
Para lo anterior, el contratista deberá aportar el certificado de inhabilidades o autorizar la consulta de inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad.
4.9. Cumplimiento de estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST
El contratista y cada uno de los miembros en el caso de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, debe manifestar en la carta de presentación de la oferta: (i) Que no está incurso en la causal de inhabilidad para contratar con el Estado establecida en el Art. 5 de la Ley 828 de 2003; y (ii) Que cumple con las fases de implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas en la Resolución No. 312 de 2019 del Ministerio del Trabajo. Así mismo, debe presentar: (iii) Certificación del revisor fiscal o representante legal del contratista, expedida con una antelación no superior a un mes, mediante la cual deje constancia de que se encuentra a paz y salvo en sus obligaciones con el sistema de seguridad social para pensión, salud, riesgos laborales y parafiscales.
En caso de persona natural deberá aportar constancia de afiliación al sistema de SGSST.
4.10. Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)
En cumplimiento del numeral 1 del artículo 6 de la Ley 2097 de 2021 y Decreto 1310 de 2022, CORDEP verificará en el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM), que el contratista o cada uno de sus integrantes (cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal) y su(s) representante(s) legal(es) (cuando el proponente sea una persona jurídica o proponente plural), no se encuentre(n) reportado(s) en dicho Registro. Si el Oferente o alguno de los integrantes del proponente plural está(n) reportado(s) como deudor alimentario moroso, no se podrá llevar a cabo la contratación.
Si quien registra reporte como deudor alimentario moroso es el representante legal de la contratista, CORDEP solicitará que se subsane la presentación de la oferta, mediante ratificación de representante suplente o mediante ratificación de apoderado designado por el órgano de administración competente de la sociedad. En todo caso.
4.11. Información pública de la declaración de bienes y rentas (Ley 2013)
En cumplimiento de la Ley 2013, el contratista deberá aportar el certificado de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés del representante legal o cada uno de sus integrantes (cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal) y su(s) representante(s) legal(es) (cuando el proponente sea una persona jurídica o proponente plural). Toda a información allí consagrada será confirmada por CORDEP, si se encuentra algún conflicto de intereses, no se podrá llevar a cabo la contratación. Si quien registra la inhabilidad es el representante legal del Oferente, CORDEP solicitará que se subsane, mediante ratificación de representante suplente o mediante ratificación de apoderado designado por el órgano de administración competente de la sociedad.
4.12. Experiencia del contratista.
La experiencia acreditada, es el conocimiento del contratista derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las del objeto contractual del proceso de contratación, la cual será verificada por la Corporación Deportiva de Pereira con la presentación de mínimo una (1) y hasta tres (3) certificaciones de experiencia expedida (s) por el contratante público o privado, en la (s) que conste que el proponente ejecutó contrato (s) cuya sumatoria sea un valor igual o superior a la cuantía del presente proceso de contratación.
Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe anexar el documento de conformación de este donde señala el nombre de quienes lo conforman y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Nombre de la empresa Contratante
• Nombre del Contratista
• Número del contrato (si tiene)
• Objeto del contrato
• Fecha de suscripción y/o inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
• Nombre y firma de quien expide la certificación.
• Valor del contrato
Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe anexar el documento de conformación de este donde señala el nombre de quienes lo conforman y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
En el evento que de las certificaciones allegadas no se pueda extraer la información requerida, CORDEP podrá solicitar la documentación que considere necesaria para verificar la experiencia.
En caso de consorcios o uniones temporales la experiencia aquí solicitada puede ser aportada por cualquiera de sus integrantes.
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5. CONDICIONES DEL CONTRATO
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Las actividades que se desarrollaran dentro del Contrato Interadministrativo Nro. 2924-2026 suscrito por La Corporación Deportiva De Pereira y la Secretaría De Deportes Y Recreación Del Municipio De Pereira, requieren del suministro de implementación deportiva y premiación, considerando las siguientes características:
El contratista deberá prestar sus servicios bajo las siguientes condiciones:
-OCHOCIENTAS (800) MEDALLAS - (Premiación primero, segundo y tercero) Medalla Lino Tipo Oro, Plata y Bronce, medidas 10 cms de diámetro, 5 mm de espesor, Material Zamak, Alineación de Zinc, Magnesio, Aluminio y Cobre. Repujada por revés, por el otro lado marcada según requerimiento. Con cinta de tela sublimada según necesidad.
-DOSCIENTOS (200) TROFEOS - (premiación primero, segundo y tercero en deportes de conjunto e individuales) Medidas 80 cms de altura en total (Material copa metálica. Pedestal base acrílica. Placa de metal sublimado a color PERSONALIZADO).
-CIENTO VEINTE (120) BALONES DE FUTBOL - no.5: circunferencia 68-70 cm, peso 410-450 gr neumático en butilo, enmallado en nylon ducilo, capa esponjosa de caucho natural (látex) vulcanizada, cubierta final de cuero pvc fijada con adhesivo de caucho natural (látex), logos estampados y repujados en bajo relieve.
-VEINTICUATRO (24) BALONES DE VOLEIBOL - Categoría PROCámara de butilo con alta retención de aire Cubierta en cuero PU de alta calidad con respaldo en microfibra. Cumple especificaciones oficiales (balón de alta categoría). Excelencia aerodinámica Experiencia de juego cómodo y agradablePeso: 260 a 280 gCircunferencia: 64 a 67 cmRebote: mínimo 115 cm.
-CIENTO OCHENTA (180) BALONES DE FUTBOL DE SALON - Balón de microfutbol Neumático butilo 55% dos capas nylon ducilo 100%, preforma esponjosa en caucho natural látex, vulcanizada impermeable, cubierta en símil cuero PVC laminada y termo- sellada. Tamaño: 58 – 62 Centímetros de circunferencia. Peso: 440 – 450 Gramos. Reboté: Soltado desde una altura de 2 metros, con un logo.
-VEINTICUATRO (24) BALONES DE BALONCESTO - No. 7: Cubierta en caucho, color naranja homologado, neumático en butilo enmallado en hilaza poliéster, fondeo en latex, circunferencia entre75 y 78 cm, peso entre 569 y 610 cm, con rebote a 1,20 metros. Especificaciones FIBA.Logo estampado en tampografía Impermeable al agua. Garantía 1 (uno) por defectos de fabricación.
-TREINTA (30) CAJONES DE SAPO - medidas 42 cm de ancho x 43 cm fondo x 113 cm alto, fabricado en madera de pino con un peso no superior a los 15kg; medidas caja de empaque: 115 cm x 44 x45; incluye juego de 3 rana Información Importante. Amigable con el Medio Ambiente, Este producto es Biodegradable, Reciclable, Reutilizable y de Fácil Reconversión. No Requiere talar árboles Nativos, Solo usamos madera de bosques renovables.
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6. OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
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6.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:
I) Desembolsar la suma relacionada en la forma de pago, de acuerdo con los informes presentados por el contratista, y de acuerdo con el informe de supervisión, en los términos y condiciones señaladas en el proceso contractual.
II) Revisar la documentación aportada por el contratista antes en aras de verificar el cumplimiento de los requisitos contractuales.
III) Realizar el acompañamiento necesario para el cumplimiento de las metas propuestas que conlleven a la adecuada ejecución del objeto y suministrar oportunamente la información requerida por el contratista, para la ejecución del objeto contractual.
IV) Exigir el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado.
V) Ejercer la supervisión del contrato a través de la persona idónea y/o quien designe para tal fin.
VI) Todas aquellas que se consideren pertinentes para el cumplimiento del objeto contractual.
6.2. OBLIGACIONES CONTRATISTA:
6.2.1. Obligaciones generales:
1) Cumplir la Constitución y la normatividad que rige la contratación con entidades privadas, esto es, código civil, código de comercio y código sustantivo del trabajo.
2) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
3) Cumplir el contrato en forma oportuna, en las condiciones consagradas en los estudios previos y en la propuesta, que forman parte integral del mismo.
4) Suscribir en conjunto con el Supervisor el acta de inicio del contrato y demás actas que se requieran durante la ejecución del contrato.
5) Colaborar con CORDEP para que el objeto contratado se cumpla con la calidad exigida.
6) Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta el Supervisor.
7) Cumplir sus obligaciones con el Sistema de seguridad social Integral en salud, pensiones y riesgos laborales, así como aportes parafiscales, cuando haya lugar. Para el efecto debe: (i) Presentar al supervisor la afiliación a AFP, EPS y ARL como requisito para la suscripción del acta de inicio; (ii) Acreditar al supervisor para la suscripción del Acta de inicio, que la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales ya inició, de conformidad con lo establecido en el Art. 2.2.4.2.2.6 del D.1072/2015; (iii) Si el contratista celebra o ejecuta simultáneamente varios contratos, debe estar afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales por la totalidad de los contratos suscritos, en la misma ARL, y debe informar al Supervisor cual es la ARL a la que se encuentra afiliado, para que CORDEP pueda realizar la correspondiente novedad en la afiliación del nuevo contrato; (iv) El contratista debe pagar mes vencido, el valor de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la afiliación sea por riesgo I, II O III, conforme la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
8) Mantener fijos los precios ofertados y pactados, durante la ejecución del contrato
9) Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras y comerciales presentadas en la cotización.
10) Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al Supervisor del contrato, según corresponda.
11) Guardar total reserva de la información que conozca con ocasión de la ejecución del contrato, salvo requerimiento de autoridad competente.
12) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a CORDEP a través del Supervisor, según corresponda, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.
13) Constituir las garantías cuando así se requieran, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
14) Ejecutar el contrato con suma diligencia y cuidado, para evitar la generación de daño a visitantes, personal y/o bienes de la entidad;
15) Responder por la conservación y uso adecuado de los bienes y documentos que le sean entregados por CORDEP en ejecución del contrato.
16) Prestar el servicio con la oportunidad y calidad pactada, asumiendo el riesgo del no pago de los servicios prestados con calidad inferior a la pactada, y certificados como no recibidos a satisfacción por el supervisor, así como el riesgo de la indemnización de perjuicios causados por incumplimiento, mora o mala calidad del servicio.
17) Sostener los precios ofertados durante el plazo de ejecución del contrato.
18) Expedir las facturas de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley colombiana.
19) Cumplir con la obligación del pago del Sistema de Seguridad Social integral de las personas que utilice el contratista en la ejecución del objeto contractual, asegurándose que se encuentre afiliado en la categoría correspondiente al riesgo del contrato.
20) No utilizar mano de obra infantil para la producción del suministro o prestación de servicios.
21) En general las que se desprendan de la naturaleza del contrato y de su objeto
6.2.2. Obligaciones Específicas:
1. Contar con personal calificado y certificado para la prestación de los servicios.
2. Cumplir con la normatividad existente en materia de prestación de servicios de salud.
3. Suministrar oportunamente y con toda la seriedad y veracidad del caso al Contratante la información que este último requiera para la resolución adecuada y oportuna de quejas, requerimientos y acciones judiciales interpuestas por los asistentes a las actividades objeto del contrato, lo anterior por causa o por ocasión del servicio prestado en virtud del presente contrato de prestación de servicios; todo ello dentro de los límites y términos establecidos para tal fin.
4. Sostener los precios ofertados durante el plazo de ejecución del contrato.
5. Expedir las facturas de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley colombiana.
6. Responder por las no conformidades que se presenten en desarrollo de la prestación de servicios a los participantes de las actividades y aplicar las acciones de mejora pertinentes siempre y cuando sean por causa del contratista. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles que como prestadores se deriven de esta actividad.
7. Responder por los eventos adversos que se generen en el desarrollo del presente contrato.
8. Diligenciar de manera completa y clara los registros obligatorios que ameriten dentro del desarrollo del objeto contractual.
9. Presentar informe final en relación con las actividades desarrolladas y presentarlos CORDEP en medio magnético y físico con sus respectivos soportes, evidencias y soportes de pago de seguridad social.
10. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento del contrato.
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7. CONDICIONES ADICIONALES
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7.1. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL:
El contrato no genera relación laboral entre CORDEP y el CONTRATISTA, ni la obligación de pago de salarios y prestaciones sociales. Los servicios prestados por el contratista se remuneran mediante el pago pactado, que incluyen la totalidad de costos directos e indirectos en los que debe incurrir el contratista para el cumplimiento del contrato con la oportunidad y calidad pactadas.
El CONTRATISTA tiene autonomía, independencia y un amplio margen de discrecionalidad para cumplir las prestaciones acordadas dentro del plazo pactado.
7.2. INDEMNIDAD:
El CONTRATISTA mantendrá indemne a CORDEP contra todo reclamo, demanda o acción legal que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el CONTRATISTA o su personal, durante la ejecución del contrato.
7.3. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:
El CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o conflicto de interés establecidas en la Constitución Política y Legislación vigente y que conoce las consecuencias que se derivan para el contratista por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa
7.4. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:
El contratista deberá cumplir las siguientes obligaciones de confidencialidad y seguridad de la información: (i) Custodiar y cuidar la documentación e información que en cumplimiento del objeto contractual nos sea entregada por CORDEP, así como a la que tengamos acceso, y a impedir o evitar su sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebida; (ii) Mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información de la que hagamos uso o tengamos conocimiento en el cumplimiento del objeto contractual, comprometiéndonos a no utilizarla para provecho propio, ni divulgarla, comercializarla, publicarla, cederla, revelarla o reproducirla de manera directa e indirecta o ponerla a disposición de terceros que no estén autorizados por CORDEP para conocerla; (iii) No ejercer actos que comprometan o afecten a la CORPORACIÓN
7.5. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS O CONFLICTOS:
Los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionaran preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación
7.6. CESIÓN DEL CONTRATO
El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente contrato sin la autorización previa y escrita del CONTRATANTE. La cesión se hará de conformidad con lo previsto en la normativa vigente aplicable. En todo caso, el CONTRATANTE verificará que la idoneidad y experiencia del (la) cesionario (a) sea igual o superior a la solicitada en los estudios previos que dieron origen al contrato.
7.7. LEGISLACIÓN APLICABLE:
Como resultado del proceso de selección se celebrará un CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELEMENTOS DEPORTIVOS que se sujetará en todas sus etapas: Precontractual, Contractual y Post contractual a la normatividad establecida por el Derecho civil y Comercial con sujeción a la naturaleza jurídica de la Corporación Deportiva de Pereira.
7.8. CLAUSULAS SANCIONATORIAS
7.8.1. Penal Pecuniaria
Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del contratante o del contratista, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al 20% del valor total del contrato, los que podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte del contratante el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía constituida en favor de la misma.
El contratista declara conocer las siguientes condiciones: (i) La declaratoria de incumplimiento para hacer efectiva la CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA, no genera como consecuencia la extinción de la obligación principal o accesoria; (ii) El valor de la CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA se compensará de las sumas adeudadas por la DIAN al CONTRATISTA, si las hubiere, o haciendo efectiva la garantía de cumplimiento o a través del cobro coactivo; y (iii) Habrá lugar a exigir la pena, sin que el CONTRATISTA pueda alegar que la inejecución de lo pactado no ha inferido perjuicio a la CORPORACIÓN o le ha producido beneficio al contratista, de conformidad con el Art.1599 del Código Civil.
7.9. MÉRITO EJECUTIVO:
El contrato presta mérito ejecutivo con su sola presentación, sin necesidad de requerimiento alguno para constituirse en mora, requisito al cual las partes renuncian expresa y recíprocamente en su mutuo beneficio.
7.10. CAUSALES DE TERMINACIÓN:
El contrato se dará por terminado, por el vencimiento del plazo de ejecución pactado, salvo que de manera anticipada ocurra cualquiera de las siguientes condiciones: (i) Cumplimiento del objeto; (ii) terminación anticipada del contrato por mutuo acuerdo entre las Partes; o (iii) Imposibilidad de cumplimiento del objeto.
7.11. LIQUIDACIÓN:
En el evento de proceder, terminada la ejecución del contrato se procederá a la liquidación de este en los términos establecidos en la ley.
7.12. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN:
El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes, y para su ejecución requiere: (i) Registro Presupuestal, (ii) Constitución de Garantía de cumplimiento; (iii) Aprobación de la Garantía de cumplimiento; y (iv) Suscripción del acta de inicio.
7.13. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato a celebrar estará a cargo de la Dirección Ejecutiva de la Corporación Deportiva de Pereira o a quien esta designe de conformidad con lo establecido en el Manual de Interventoría de la entidad.
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8. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Cccc
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La Corporación Deportiva de Pereira es una entidad sin ánimo de lucro con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 que establece:
“La Corporación Deportiva de Pereira es una entidad descentralizada de tipo de Corporaciones de Participación Mixta, de naturaleza privada, por lo tanto se rige por las normas de derecho privado, y en cuanto al control y vigilancia la competencia la conservan las entidades de derecho público en todo lo relacionado con la ejecución de recursos provenientes del estado, ya sea de origen municipal, departamental o nacional, lo que determinaría la competencia especifica del ente de control para vigilar y controlar la aplicación de ese recurso con destinación específica conforme a los convenios interadministrativos o contratos suscritos con los mismos para cumplir algún servicio u objeto que en principio corresponde al estado, sin tener en cuenta la participación patrimonial de las entidades públicas en la entidad”.
Así mismo establece respecto el objeto social de la entidad lo siguiente:
“ARTÍCULO 2°. El objeto principal de la corporación será el de propiciar y desarrollar las actividades deportivas, recreativas, culturales, científicas y tecnológicas mediante prácticas en espacios seguros y adecuados, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos en asocio con los entes deportivos públicos y privados para coadyuvar a la formación de la cultura deportiva y a través de esta se avance en el fortalecimiento del deporte para todos y de altos logros, pudiendo gestionar cuanto esté a su alcance para la construcción, mantenimiento y dotación de escenarios y parques adecuados y suficientes propios del objeto de la corporación. Tales escenarios podrán construirse en terrenos de la corporación o de cualquiera de las entidades oficiales y establecimientos públicos descentralizados vinculados como aportantes, además de la prestación y venta de servicios de arrendamiento, mantenimiento, construcción y dotación de escenarios deportivos, realización de eventos masivos deportivos (Torneos, Campeonatos), alojamiento y alimentación a través del albergue deportivo”.
Teniendo en cuenta lo anterior, es correcto afirmar que la Corporación es una entidad con autonomía administrativa y presupuestal de carácter privado que requiere adelantar todas las acciones tendientes a lograr el cumplimiento del objeto social, como lo es a través de la suscripción de Contratos Interadministrativos, y para dar cumplimiento a lo pactado a través de estos, se deben adelantar los procesos de contratación a que haya lugar.
Para el caso concreto, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira y en razón a su cuantía, es procedente adelantar un proceso de selección bajo la modalidad de INVITACIÓN PÚBLICA, del cual se concluya la celebración de un contrato de suministro, definido en el precitado manual con sujeción a lo establecido en el Código de Comercio Colombiano en los siguientes términos:
“CONTRATO DE SUMINISTRO. El suministro es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios.
Para el caso concreto, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira y en razón a su cuantía, es procedente adelantar un proceso de selección de INVITACION PUBLICA, del cual se concluya la celebración de un contrato de prestación de servicio, definido en el precitado manual con sujeción a lo establecido en el Código de Comercio Colombiano.
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9. ANÁLISIS ECONÓMICO DE SECTOR - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN |
Para identificar el sector de la economía al cual pertenecen los posibles oferentes, debemos tener claros los diferentes sectores en los cuales se dividen:
División según la economía clásica: Según la división de la economía clásica, los sectores de la economía son los siguientes:
● Sector primario o sector agropecuario: Es el sector que obtiene el producto de sus actividades directamente de la naturaleza, sin ningún proceso de transformación. Dentro de este sector se encuentran la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la caza y la pesca. No se incluyen dentro de este sector a la minería y a la extracción de petróleo, las cuales se consideran parte del sector industrial.
● Sector secundario o sector Industrial: Comprende todas las actividades económicas de un país relacionadas con la transformación industrial de los alimentos y otros tipos de bienes o mercancías, los cuales se utilizan como base para la fabricación de nuevos productos; Se divide en dos sub-sectores: industrial extractivo e industrial de transformación: Industrial extractivo: extracción minera y de petróleo. Industrial de transformación: envasado de legumbres y frutas, embotellado de refrescos, fabricación de abonos y fertilizantes, vehículos, cementos, aparatos electrodomésticos, etc.
● Sector terciario o sector de servicios: Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía. Como ejemplos de ello tenemos el comercio, los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, los servicios de educación, los servicios profesionales, el Gobierno, etc. Es indispensable aclarar que los dos primeros sectores producen bienes tangibles, por lo cual son considerados como sectores productivos. El tercer sector se considera no productivo, puesto que no produce bienes tangibles, pero, sin embargo, contribuye a la formación del ingreso nacional y del producto nacional.
La actividad de brigadas médicas y de ambulancia está integrada dentro del sector económico de los servicios terciario, que, dentro de cualquier economía, junto con el sector público, representa uno de los más intensivos.
Una vez analizada la división según la economía clásica, puede decirse que el presente objeto contractual “servicios” se encuentra enmarcado en el sector terciario de la economía.
Por tal motivo, por analogía con el sector público, La Guía para elaboración de Estudios de Sector expedida por Colombia Compra Eficiente, es la herramienta en la que se ha basado la Corporación, ya que establece que el análisis del sector debe cubrir tres (3) áreas: A. Aspectos generales. B. Estudio de la oferta. C. Estudio de la demanda.
Según el Sistema de Información empresarial (SIE) de la Superintendencia de Sociedades, el presente proceso contractual está ubicado en el Macro Sector de “Servicios” y de acuerdo con la clasificación de bienes y servicios de Colombia Compra Eficiente[1], el código de los servicios de ambulancia objeto del contrato a suscribir es:
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9.1. ¿Qué participación tiene el sector terciario en la economía colombiana?
Aspectos Generales.
Teniendo en cuenta que no se encuentra información financiera especifica de las actividades económicas relacionadas anteriormente, se muestra para el presente estudio, la información publicada en la ENCUESTA MENSUAL DE SERVICIOS –EMS[2] en marzo primer trimestre de 2025 por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)[3], en los siguientes términos:
1. Variación anual de los ingresos nominales, según subsector de servicios Total nacional febrero 2025 p / febrero 2024
Encuesta Mensual de Servicios (EMS) Variación anual de los ingresos nominales Total, Nacional Febrero (2025p - 2024).
En febrero de 2025, diecisiete de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos totales, en comparación con febrero de 2024, presentando el servicio de restaurantes y catering una variación del 4.4.
1.2 Variación anual de los ingresos nominales y contribución por tipo de ingresos, según subsector de servicios (febrero 2025 / febrero 2024).
Tabla 1. Variación anual de los ingresos y contribución por tipo de ingresos, según subsector de servicios Febrero 2025p / febrero 2024
En febrero de 2025, diecisiete de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos totales, en comparación con febrero de 2024.
1.2 Variación anual del personal ocupado total y contribución por tipo de contratación, según subsector de servicios (febrero 2025 / febrero 2024)
Tabla 2. Variación anual del personal ocupado total y contribución por categoría de contratación, según subsector de servicios Febrero 2025p / febrero 2024
En febrero de 2025, diecisiete de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos totales, en comparación con febrero de 2024.
1.3 Variación anual de los salarios y contribución por tipo de contratación, según subsector de servicios (febrero 2025 / febrero 2024)
Tabla 3. Variación anual de los salarios y contribución por categoría de contratación, según subsector de servicios Febrero 2025p / febrero 2024
1.4 Variación año corrido de los ingresos nominales, personal ocupado total y salarios, según subsector de servicios (enero - febrero 2025p /enero - febrero 2024)
En lo corrido de 2025, diecisiete de los dieciocho subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos, tres presentaron incremento en el personal ocupado total y todos los subsectores presentaron aumento en los salarios, en comparación con el mismo periodo de 2024.
Tabla 4. Variación año corrido de los ingresos nominales, personal ocupado total y salarios, según subsector de servicios Total nacional enero - febrero 2025 p/ enero - febrero 2024
De otro lado, de conformidad con lo mencionado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) En el mes de marzo de 2025, el IPC registró una variación de 0,52% en comparación con febrero de 2025, cinco divisiones se ubicaron por encima del promedio nacional (0,52%): Salud (1,01%), Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,86%), Restaurantes y hoteles (0,57%), Bebidas alcohólicas y tabaco (0,57%) y, por último, Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles (0,56%). Por debajo se ubicaron: Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar (0,42%), Transporte (0,41%), Bienes y servicios diversos (0,34%), Recreación y cultura (0,19%), Prendas de vestir y calzado (0,18%), Educación (0,08%) y, por último, Información y comunicación (-0,20%).
Índice de Precios al Consumidor (IPC) Variación mensual, año corrido y anual
Total nacional 2024 - 2025 (marzo)
En marzo de 2025 la variación mensual del IPC fue 0,52%, la variación año corrido fue 2,62% y la anual 5,09%.
En marzo de 2025 la variación anual del IPC fue 5,09%, es decir, 2,27 puntos porcentuales menor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 7,36%.
Variación año corrido del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Por divisiones de gasto 2025 (marzo)
Fuente: DANE, IPC Nota: el orden de las divisiones responde a su ponderación dentro de la canasta del IPC (izq – der).
En marzo de 2025 la variación mensual del IPC fue 0,52%, frente a febrero de 2025. La división Salud registró una variación mensual de 1,01%, siendo esta la mayor variación mensual. En marzo de 2025 los mayores incrementos de precio se registraron en las subclases: exámenes de laboratorio para particulares: de sangre, bacteriológicos, etc. (1,68%), consulta médica general con médico particular (1,67%) y servicios médicos auxiliares no hospitalarios (1,56%). Los menores incrementos de precio se reportaron en las subclases: elementos implementos médicos (0,01%), productos farmacéuticos y dermatológicos (0,87%) y servicios odontológicos con odontólogos particulares (0,91%).
9.2. Panorama del Mercado Laboral desde la demanda
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) compartió los principales datos del mercado laboral, correspondientes al segundo mes del año y al trimestre que va de diciembre de 2024 a febrero de 2025, donde se evidenció que, a nivel nacional, la tasa de desempleo se ubicó en 9,8 % para el total de las 13 ciudades y áreas metropolitanas, lo que representó una disminución de 1,8 puntos porcentuales respecto al mismo mes de 2024 (11,6 %).
De los más de 40 millones de personas en edad de trabajar, durante febrero hubo un aumento de casi un millón de personas que ingresaron a la vida laboral, sumando un total de 23,4 millones de personas ocupadas.
Para el periodo de análisis, de las 23 ciudades y áreas metropolitanas, aquellas que presentaron mayor proporción de informalidad fueron: Sincelejo (68,2%), Valledupar (65,3%) y Riohacha (64,7%), mientras que las ciudades con menor proporción de informalidad fueron: Manizales A.M. (34,7%), Pereira A.M. (35,5%) y Bogotá D.C. (37,1%). Gráfico 5. Proporción de la población ocupada informal según ciudades Total nacional, 13 y 23 ciudades y áreas metropolitanas Trimestre móvil diciembre 2024 - febrero 2025
En el total nacional, para el trimestre móvil diciembre 2024 - febrero 2025 el 85,2% de la población ocupada que trabajaba en microempresas era informal, mientras que en empresa pequeña, empresa mediana y empresa grande la proporción de ocupados informales fue: 20,3%, 5,1% y 3,0%, respectivamente.
Fuente: DANE, GEIH. p.p.: puntos porcentuales. Nota: datos expandidos con proyecciones de población, elaboradas con base en los resultados CNPV 2018. Nota: la clasificación de tamaño de empresa depende de la cantidad de personas que laboran en esta. Microempresa (hasta 10 trabajadores), empresa pequeña (de 11 hasta 50 trabajadores), empresa mediana (de 51 hasta 200 trabajadores) y empresas grandes (más de 200 trabajadores). Nota: por efecto de redondeo a un decimal las diferencias pueden diferir ligeramente.
9.3. Estudio de la demanda
Los bienes y servicios para contratar, los prestan personas jurídicas o naturales que tiene como objeto suministrar la implementación deportiva.
¿Cómo ha adquirido la Entidad en el pasado este bien o servicio?
En el pasado la entidad ha contratado en el desarrollo de contratos interadministrativos la prestación de servicios de implementación deportiva de la siguiente manera:
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10. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN |
De conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de Bienes y Servicios de la Corporación Deportiva de Pereira, el presupuesto oficial y precios de referencia obtenidos con las cotizaciones para que la Corporación adelante el proceso de contratación para dar cumplimiento a las obligaciones emanadas del contrato Interadministrativo suscritos por la Corporación con la entidad municipal, serán establecidos de conformidad con los precios establecidos en los documentos precontractuales y contractuales del convenio Interadministrativo del cual emana la necesidad de adelantar la contratación, toda vez que los precios establecidos en el proceso ya han sido objeto del estudio de mercadeo correspondiente con la finalidad de establecer el valor total para cumplir con el objeto del convenio Interadministrativo.
Para presentar la propuesta inicial la Corporación realizó cotizaciones y considerando la adjudicación del contrato se hace necesario acogerse a los precios presentados en la propuesta.
Para el caso concreto, los precios establecidos para los diferentes ítems del Contrato Interadministrativo Nro. 2924-2026 suscrito entre la Corporación Deportiva de Pereira y el Municipio de Pereira- Secretaría de Deporte y Recreación.
En virtud de lo anterior, el presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección será hasta por CIENTO SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MCTE $ (106.200.000) Este valor incluye la totalidad de costos directos e indirectos a los que haya lugar, a monto agotable de acuerdo con los valores unitarios.
El valor del presupuesto se encuentra cubierto en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal anexado a los estudios previos.
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11. FORMA DE PAGO |
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12. TASAS E IMPUESTOS: |
El valor será cancelado mediante dos (02) de acuerdo con la implementación entregada.
La Corporación realizará todas las retenciones y deducciones que se disponga en la normatividad vigente y aplicable a la materia.
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13. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
El CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana.
13.1. Plazo de ejecución y liquidación del contrato.
13.1.1. Plazo para ejecución del contrato:
El término estipulado para la ejecución del contrato será de sesenta (60) días para la entrega de la implementación deportiva requerida, contados a partir de la suscripción de su acta de inicio sin exceder del 31 de diciembre de 2026.
13.1.2. Plazo para la liquidación del contrato:
El plazo para la liquidación del contrato será el establecido en la ley.
13.2. Lugar de ejecución del contrato.
El contrato se ejecutará en el Municipio de Pereira.
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14. ANÁLISIS DEL RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO |
14.1. Matriz de Riesgos.
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N° |
Clase |
Fuente |
Etapa |
Tipo |
Descripción (Qué puede pasar y como puede ocurrir) |
La consecuencia de la ocurrencia del evento |
Probabilidad |
Impacto |
Valoración del Riesgo |
Categoría |
|
1 |
Específico |
Externo |
Selección |
Operacional |
Insuficiencia de oferentes en el mercado |
No se puede realizar la contratación |
3 |
4 |
5 |
Medio |
|
2 |
Específico |
Externo |
Ejecución |
Operacional |
Baja calidad de los servicios establecidos |
Ambiente no adecuado para el desarrollo de las actividades-incumplimiento del contrato |
2 |
2 |
4 |
Medio |
|
3 |
Específico |
Externo |
Contratación |
Económico |
Fluctuación de los precios del mercado |
Insuficiencia presupuestal |
2 |
2 |
5 |
Medio |
|
4 |
General
|
Interno |
Ejecución |
Operacional |
No contar con el personal y logística adecuado para la ejecución |
No se permite la realización de la actividad |
1 |
3 |
3 |
Bajo |
|
5 |
Específico |
Externo |
Ejecución |
Operacional |
Que el contratista no cumpla con el objeto y las especificaciones contratadas |
El contrato no se desarrolla de acuerdo con las especificaciones contratadas |
1 |
3 |
4 |
Bajo |
|
6 |
Específico |
Externo |
Ejecución |
Operacional |
Imposibilidad de iniciar las actividades en las fechas establecidas por la entidad |
Incumplimiento por parte de CORDEP con la Gobernación de Risaralda |
2 |
3 |
5 |
Medio |
14.2 FORMA DE MITIGARLO
|
N° |
¿A quién se le asigna el riesgo? |
Tratamiento/ controles a ser implementados |
Impacto después del tratamiento |
¿Afecta la ejecución del contrato? |
Persona responsable para implementar el tratamiento |
Fecha estimada que inicia el tratamiento |
Fecha estimada en que se termina el tratamiento |
Monitoreo y revisión |
||||
|
Probabilidad |
Impacto |
Valoración |
Categoría |
¿Cómo se realiza el monitoreo? |
¿Cuánto? (periodicidad) |
|||||||
|
1 |
|
Realizar análisis de mercadeo |
3 |
4 |
5 |
Medio |
No |
Área jurídica, administrativa y financiera |
Etapa precontractual |
Adjudicación del contrato |
Elaborando estudio de mercado |
Antes del inicio de la etapa contractual |
|
2 |
Contratista |
Se deben exigir garantías de calidad, cumplimiento del servicio y responsabilidad civil extracontractual |
2 |
2 |
4 |
Medio |
No |
Área jurídica y supervisor del contrato. |
Elaboración de estudios previos |
La terminación del contrato |
Cumplimiento de las especificaciones técnicas |
Antes y después de cada actividad |
|
3 |
|
Realizar estudio de mercadeo |
2 |
2 |
5 |
Medio |
Si |
supervisor |
Etapa precontractual |
La terminación del contrato |
Análisis del sector ajuste a las especificaciones técnicas |
Antes de iniciar el proceso contractual |
|
4 |
Contratista |
Se debe contar con personal idóneo y suficiente |
1 |
3 |
3 |
bajo |
si |
supervisor |
En ejecución |
La terminación del contrato |
Elaboración de especificaciones técnicas |
Antes y después de cada actividad |
|
5 |
Contratista |
Verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas |
1 |
3 |
4 |
bajo |
si |
supervisor |
Firma del acta de inicio |
La terminación del contrato |
Revisión de los suministros antes de inicio del contrato |
Antes de cada actividad |
|
6 |
Contratista |
Verificación de alimentos |
1 |
3 |
4 |
medio |
si |
supervisor |
Firma del acta de inicio |
La terminación del contrato |
Reuniones con el contratista para revisión de alimentos antes del inicio del contrato |
Antes de cada actividad |
|
15. GARANTIAS |
La Corporación Deportiva de Pereira CORDEP establece que el contratista deberá constituir a favor de la entidad, garantías otorgadas a través de una Compañía de Seguros aprobada por la Superintendencia Financiera que ampare los siguientes riesgos:
|
AMPARO |
% DE AMPARO |
VIGENCIA |
|
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES |
10% del valor total del contrato |
Por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato |
|
CUMPLIMIENTO |
20% del valor total del contrato. |
Por el plazo de ejecución del contrato y ciento veinte (120) días más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato |
|
CALIDAD DEL SERVICIO |
20% del valor total del contrato. |
Por el plazo de ejecución del contrato y ciento veinte (120) días más, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato |
|
16. RECOMENDACIÓN |
Con la presentación de este estudio previo, se evidencia la oportunidad y conveniencia de iniciar el proceso de selección para cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los fines de la Corporación Deportiva De Pereira.
Pereira, Mayo de 2026.
Atentamente,
YURY CRISTINA GALEANO VALENCIA
C.C.1.053.777.993
Directora Ejecutiva Corporación Deportiva de Pereira – CORDEP
MARIA MIRIAM LONDOÑO CARDONA
C.C. 30.373.603
Tesorera Corporación Deportiva de Pereira
SANTIAGO ALZATE SANCHEZ
C.C. 1.087.561.198
Abogado Contratista
Elaboró
SEBASTIAN GARCIA OSPINA
C.C. 18.619.142
Abogado contratista
Reviso
